Sentencia del Tribunal General (Sala Primera) de 18 de enero de 2011 — Advance Magazine Publishers/OAMI — Capela & Irmãos (VOGUE)
(Asunto T‑382/08)
«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria denominativa VOGUE — Marca nacional denominativa anterior VOGUE Portugal — Falta de uso efectivo de la marca anterior — Artículo 43, apartados 2 y 3, del Reglamento (CE) nº 40/94 [actualmente artículo 42, apartados 2 y 3, del Reglamento (CE) nº 207/2009]»
1. Marca comunitaria — Observaciones de terceros y oposición — Examen de la oposición — Prueba del uso de la marca anterior — Uso efectivo — Concepto — Criterios de apreciación [Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, art. 43, aps. 2 y 3] (véanse los apartados 27 a 29)
2. Marca comunitaria — Observaciones de terceros y oposición — Examen de la oposición — Prueba del uso de la marca anterior — Uso efectivo — Aplicación de los criterios al caso concreto [Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, art. 43, aps. 2 y 3] (véanse los apartados 30 a 32)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI de 30 de junio de 2008 (asunto R 328/2003‑2) relativa a un procedimiento de oposición entre J. Capela & Irmãos, L. | da | y Advance Magazine Publishers, Inc. |
Datos relativos al asunto
Solicitante de la marca comunitaria: | Advance Magazine Publishers, Inc. |
Marca comunitaria solicitada: | Marca denominativa VOGUE para productos y servicios de las clases 9, 14, 16, 25 y 41 — Solicitud de registro nº 183.756 |
Titular de la marca o del signo invocados en oposición: | J. Capela & Irmãos, L.da |
Marca o signo invocados en oposición: | Marca denominativa portuguesa VOGUE Portugal, registrada con el nº 143.183 para productos de la clase 25; razón social portuguesa nº 32.046 VOGUE — SAPATARIA |
Resolución de la División de Oposición: | Estimación de la oposición en su totalidad. |
Resolución de la Sala de Recurso: | Desestimación del recurso |
Fallo
1) | | Anular la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI) de 30 de junio de 2008 (asunto R 328/2003‑2). |
2) | | Desestimar el recurso en todo lo demás. |
3) | | La OAMI cargará con sus propias costas, así como con las de Advance Magazine Publishers, Inc. |