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Sentencia del Tribunal General de 26 de septiembre de 2014 — Flying Holding y otros/Comisión

(Asunto T-91/12 y 280/12) 1

[«Contratos públicos de servicios — Procedimiento de licitación — Prestación de servicios de transporte aéreo no regular de pasajeros y fletamento de taxis aéreos — Rechazo de la candidatura — Artículo 94, letra b), del Reglamento financiero — Derecho de defensa — Artículo 134, apartado 5, de las Normas de desarrollo del Reglamento financiero — Recurso de anulación — Escrito en respuesta a una petición de las demandantes — Acto no recurrible — Decisión de adjudicación — Inexistencia de afectación directa — Inadmisibilidad — Responsabilidad extracontractual»]

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandantes: Flying Holding y otros (Wilrijk, Bélgica); Flying Group Lux SA (Luxemburgo, Luxemburgo) y Flying Service NV (Deurne, Bélgica) (representantes: C. Doutrelepont y V. Chapoulaud, abogados)

Demandada: Comisión Europea (representantes: inicialmente S. Delaude y D. Calciu, posteriormente S. Delaude, agentes, asistidos por V. Vanden Acker, abogado)

Objeto

Pretensión de anulación de las decisiones incluidas en los escritos de la Comisión de 15 de diciembre de 2011 y de 17 de enero de 2012 por las que se rechaza la candidatura presentada por las demandantes en el procedimiento de licitación restringido relativo a la prestación de servicios de transporte aéreo no regular de pasajeros y fletamento de taxis aéreos (DO 2011/S 192-312059) y de la decisión de la Comisión de 28 de febrero de 2012 por la que se adjudica el contrato a otra sociedad y, por otra parte, una pretensión de indemnización de daños y perjuicios.

Fallo

Desestimar los recursos.

Condenar en costas a Flying Holding NV, Flying Group Lux SA y Flying Service NV.

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1 DO C 126, de 28.4.2012.