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Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 8 de abril de 2014 — Comisión Europea / Hungría

(Asunto C-288/12) 1

(Incumplimiento de Estado — Directiva 95/46/CE — Protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos — Artículo 28, apartado 1 — Autoridades nacionales de control — Independencia — Legislación nacional que pone fin al mandato de la autoridad de control antes de su término — Creación de una nueva autoridad nacional de control y nombramiento de otra persona como presidente)

Lengua de procedimiento: húngaro

Partes

Demandante: Comisión Europea (representantes: K. Talabér-Ritz y B. Martenczuk, agentes)

Demandada: Hungría (representante: M.Z. Fehér, agente)

Parte coadyuvante en apoyo de la parte demandante: Supervisor Europeo de Protección de Datos (SEPD) (representantes: I. Chatelier, A. Buchta, Z. Belényessy y H. Kranenborg, agentes)

Objeto

Incumplimiento de Estado — Infracción de la Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de octubre de 1995, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (DO L 281, p. 31) — Obligación de los Estados miembros de garantizar que una o más autoridades públicas de los Estados miembros vigilen la aplicación de las disposiciones adoptadas en aplicación de la Directiva, ejerciendo las funciones que les son atribuidas con total independencia — Adopción de una normativa nacional que pone fin antes de su término al mandato de seis años del supervisor de protección de datos — Creación de una autoridad nacional de protección de datos y de la libertad de información — Nombramiento, para un mandato de nueve años, de una persona distinta del supervisor de protección de datos para el puesto de presidente de dicha autoridad.

Fallo

1)    Declarar que Hungría ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de octubre de 1995, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, al poner fin antes de tiempo al mandato de la autoridad de control de la protección de datos personales.

2)    Condenar en costas a Hungría.

3)    El Supervisor Europeo de Protección de Datos (SEPD) cargará con sus propias costas.

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1 DO C 277, de 28.7.2012.