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Auto del Tribunal General de 15 de febrero de 2016 — Ezz y otros/Consejo

(Asunto T-279/13) 1

(«Recurso de anulación — Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas adoptadas habida cuenta de la situación en Egipto — Medidas adoptadas contra personas responsables de apropiación indebida de capitales y personas y entidades asociadas a ellas — Congelación de fondos — Inclusión de los demandantes en la lista de las personas afectadas — Base jurídica — Inobservancia de los criterios de inclusión — Error de Derecho — Error de hecho — Derecho de propiedad — Ataque a la reputación — Derecho de defensa — Derecho a la tutela judicial efectiva — Obligación de motivación — Adaptación de las pretensiones y de los motivos — Litispendencia — Recurso en parte manifiestamente inadmisible y en parte manifiestamente carente de todo fundamente jurídico»)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: Ahmed Abdelaziz Ezz (Guiza, Egipto), Abla Mohammed Fawzi Ali Ahmed Salama (El Cairo, Egipto), Khadiga Ahmed Ahmed Kamel Yassin (Guiza) y Shahinaz Abdel Azizabdel Wahab Al Naggar (Guiza) (representantes: J. Binns, Solicitor, J. Lewis, QC, B. Kennelly, J. Pobjoy, Barristers, S. Rowe y J.-F. Bellis, abogados)

Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: I. Gurov y M. Bishop, agentes)

Objeto

Anulación, por una parte, de la Decisión 2011/172/PESC del Consejo, de 21 de marzo de 2011, relativa a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Egipto (DO L 76, p. 63), en su versión modificada por la Decisión 2013/144/PESC del Consejo, de 21 de marzo de 2013 (DO L 82, p. 54), y, por otra, del Reglamento (UE) n.º 270/2011, «prorrogado mediante una resolución del Consejo notificada a los demandantes mediante escrito de 22 de marzo de 2013», del Consejo, de 21 de marzo de 2011, relativo a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Egipto (DO L 76, p. 4), en la medida en que estos actos se apliquen a los demandantes.

Fallo

Desestimar el recurso.

El Sr. Ahmed Abdelaziz Ezz y las Sras. Abla Mohammed Fawzi Ali Ahmed Salama, Khadiga Ahmed Ahmed Kamel Yassin y Shahinaz Abdel Azizabdel Wahab Al Naggar cargarán, además de con sus propias costas, con las costas en que ha incurrido el Consejo de la Unión Europea.

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1     DO C 207 de 20.7.2013.