Language of document : ECLI:EU:T:2016:78





Auto del Tribunal General (Sala Octava) de 15 de febrero de 2016 — Ezz y otros/Consejo

(Asunto T‑279/13)

«Recurso de anulación — Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas adoptadas habida cuenta de la situación en Egipto — Medidas adoptadas contra personas responsables de apropiación indebida de capitales y personas y entidades asociadas a ellas — Congelación de fondos — Inclusión de los demandantes en la lista de las personas afectadas — Base jurídica — Inobservancia de los criterios de inclusión — Error de Derecho — Error de hecho — Derecho de propiedad — Ataque a la reputación — Derecho de defensa — Derecho a la tutela judicial efectiva — Obligación de motivación — Adaptación de las pretensiones y de los motivos — Litispendencia — Recurso en parte manifiestamente inadmisible y en parte manifiestamente carente de todo fundamente jurídico»

1.                     Procedimiento judicial — Excepción de litispendencia — Identidad de partes, objeto y motivos de dos recursos — Inadmisibilidad del recurso interpuesto en segundo lugar (véanse los apartados 22, 28 y 30)

2.                     Procedimiento judicial — Pretensiones de la demanda — Adaptación durante el procedimiento — Asimilación a la interposición de un recurso mediante demanda (véase el apartado 23)

3.                     Recurso de anulación — Interés en ejercitar la acción — Concepto — Recurso que puede reportar un beneficio al demandante — Interés que debe perdurar hasta que se pronuncie la resolución jurisdiccional (Art. 263 TFUE, párr. 4) (véase el apartado 32)

4.                     Recurso de anulación — Admisibilidad — Desestimación de un recurso en cuanto al fondo sin pronunciarse sobre la admisibilidad — Facultad de apreciación del juez de la Unión (Art. 263 TFUE) (véase el apartado 38)

5.                     Procedimiento judicial — Escrito de interposición del recurso — Requisitos de forma — Exposición sumaria de los motivos invocados — Motivos jurídicos no expuestos en el escrito de interposición del recurso — Remisión a los anexos — Inadmisibilidad [Estatuto del Tribunal de Justicia, arts. 21, párr. 1, y 53, párr. 1; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 76, letra d)] (véase el apartado 74)

Objeto

Anulación, por una parte, de la Decisión 2011/172/PESC del Consejo, de 21 de marzo de 2011, relativa a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Egipto (DO L 76, p. 63), en su versión modificada por la Decisión 2013/144/PESC del Consejo, de 21 de marzo de 2013 (DO L 82, p. 54), y, por otra, del Reglamento (UE) nº 270/2011, «prorrogado mediante una resolución del Consejo notificada a los demandantes mediante escrito de 22 de marzo de 2013», del Consejo, de 21 de marzo de 2011, relativo a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Egipto (DO L 76, p. 4), en la medida en que estos actos se apliquen a los demandantes.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

El Sr. Ahmed Abdelaziz Ezz y las Sras. Abla Mohammed Fawzi Ali Ahmed Salama, Khadiga Ahmed Ahmed Kamel Yassin y Shahinaz Abdel Azizabdel Wahab Al Naggar cargarán con sus propias costas y con las del Consejo de la Unión Europea.