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Recurso interpuesto el 21 de junio de 2011 - Morelli/OAMI - Associazione Nazionale Circolo del Popolo della Libertà (PARTITO DELLA LIBERTA')

(Asunto T-321/11)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: italiano

Partes

Demandante: Raffaello Morelli (Livorno, Italia) (representante: G. Frenelli, abogado)

Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Associazione Nazionale Circolo del Popolo della Libertà (Milán, Italia)

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución de la Primera Sala de Recurso de 17 de marzo de 2011 y de la División de Oposición de 14 de mayo de 2010.

Estime la oposición de la demandante contra la solicitud de registro de la marca nº 5.890.009 y desestime la solicitud de tal marca.

Condene en costas a la Associazione Nazionale Circolo del Popolo della Libertà.

Motivos y principales alegaciones

Solicitante de la marca comunitaria: Associazione Nazionale Circolo del Popolo della Libertà

Marca comunitaria solicitada: marca denominativa "PARTITO DELLA LIBERTA'" (solicitud de marca comunitaria nº 5.890.009), para productos y servicios de las clases 9, 14, 16, 24, 25, 35, 36, 48, 41, 42 y 45

Titular de la marca o del signo invocado en el procedimiento de oposición: Raffaello Morelli

Marca o signo invocado: El nombre de dominio "partitodellaliberta.it", conferido por la autoridad competente para atribuir dominios "it" a Raffaello Morelli el 9 de agosto de 2004, que los oponentes afirman que ha sido utilizado en el tráfico económico para productos y servicios de las clases 16, 35, 38, 41 y 45

Resolución de la División de Oposición: Desestimación de la oposición

Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso

Motivos invocados: aplicación errónea del artículo 8, apartado 4, del Reglamento (CE) nº 207/2009, sobre la marca comunitaria, error en la apreciación del concepto de "utilización en el tráfico económico" en relación con un nombre utilizado en el ámbito político y apreciación errónea de la documentación que acredita la utilización comercial del signo anterior.

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