Language of document : ECLI:EU:T:2015:939





Sentencia del Tribunal General (Sala Segunda)
de 4 de diciembre de 2015 — Sarafraz/Consejo

(Asunto T‑273/13)

«Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas adoptadas contra determinadas personas y entidades habida cuenta de la situación en Irán — Congelación de fondos — Restricciones a la entrada en el territorio de la Unión y al tránsito por el mismo — Base jurídica — Obligación de motivación — Derecho a ser oído — Error de apreciación — Non bis in idem — Libertad de expresión — Libertad de los medios de comunicación — Libertad profesional — Libre circulación — Derecho de propiedad»

1.                     Procedimiento judicial — Escrito de interposición del recurso — Requisitos de forma — Determinación del objeto del litigio — Exposición sumaria de los motivos invocados — Requisitos análogos para las alegaciones formuladas en apoyo de un motivo [Estatuto del Tribunal de Justicia, arts. 21, párr. 1, y 53, párr. 1; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General (1991), art. 44, ap. 1, letras c) y d)] (véanse los apartados 45, 46, 118 y 167)

2.                     Procedimiento judicial — Decisión o reglamento que sustituye en el curso del proceso al acto impugnado — Elemento nuevo — Ampliación de las pretensiones y motivos iniciales [Art. 263 TFUE; Decisiones del Consejo 2013/124/PESC y 2015/555/PESC; Reglamento de Ejecución (UE) nº 2015/548 del Consejo] (véanse los apartados 54 y 58)

3.                     Recurso de anulación — Competencia del juez de la Unión — Pretensiones que tienen por objeto obtener una orden conminatoria dirigida a una institución — Inadmisibilidad (Art. 263 TFUE) (véanse los apartados 61 y 62)

4.                     Actos de las instituciones — Motivación — Obligación — Alcance — Medidas restrictivas contra Irán — Congelación de los fondos de personas, entidades u organismos que participan en la proliferación nuclear o prestan apoyo a la misma — Requisitos mínimos [Art. 296 TFUE; Decisiones del Consejo 2013/124/PESC, 2014/205/PESC y 2015/555/PESC; Reglamentos de Ejecución (UE) del Consejo nº 206/2013, nº 371/2014 y nº 2015/548] (véanse los apartados 69 a 74)

5.                     Recurso de anulación — Motivos — Falta de motivación o motivación insuficiente — Motivo distinto del que impugna la legalidad en cuanto al fondo (Arts. 263 TFUE y 296 TFUE) (véanse los apartados 75 y 76)

6.                     Unión Europea — Control jurisdiccional de la legalidad de los actos de las instituciones — Medidas restrictivas contra Irán — Medidas adoptadas en el marco de la lucha contra la proliferación nuclear — Alcance del control [Art. 275 TFUE, párr. 2; Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, arts. 41, ap. 2, y 47; Decisión 2013/124/PESC del Consejo; Reglamento (UE) nº 206/2013 del Consejo] (véanse los apartados 89 a 92, 125 a 128 y 145)

7.                     Derecho de la Unión Europea — Principios — Derecho de defensa — Derecho a la tutela judicial efectiva — Medidas restrictivas contra Irán — Congelación de los fondos de personas, entidades u organismos que participan en la proliferación nuclear o prestan apoyo a la misma — Derecho a ser oído previamente a la adopción de ese tipo de medidas — Inexistencia [Art. 275 TFUE, párr. 2; Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, arts. 41, ap. 2, y 47; Decisión 2013/124/PESC del Consejo; Reglamento (UE) nº 206/2013 del Consejo] (véase el apartado 94)

8.                     Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas contra Irán — Base jurídica — Medidas restrictivas previstas por una decisión adoptada en virtud del artículo 29 TUE y por un reglamento basado en el artículo 215 TFUE [Arts. 21 TUE, ap. 2, 23 TUE y 29 TUE; arts. 205 TFUE y 215 TFUE, ap. 2; Decisiones del Consejo 2011/235/PESC, 2013/124/PESC, 2014/205/PESC y 2015/555/PESC; Reglamentos del Consejo (UE) nº 359/2011 y de Ejecución (UE) nos 206/2013, 371/2014 y 2015/548] (véanse los apartados 100 a 108 y 116)

9.                     Procedimiento judicial — Alegación de motivos nuevos en el curso del proceso — Motivo formulado por primera vez en la fase de réplica — Inadmisibilidad [Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, arts. 44, ap. 1, letra c), y 48, ap. 2] (véase el apartado 119)

10.                     Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas contra Irán — Inclusión de un directivo de una sociedad en la lista de personas y entidades sujetas a medidas de congelación de fondos y de recursos económicos — Inclusión basada en una resolución anterior de una autoridad nacional independiente de regulación y competencia del sector de las comunicaciones que imponía una multa a la sociedad — Falta de identidad del infractor — Falta de identidad del bien jurídico protegido — Violación del principio non bis in idem — Inexistencia [Carta de los Derechos Fundamentales, art. 50; Decisiones del Consejo 2013/124/PESC, 2014/205/PESC y 2015/555/PESC; Reglamentos de Ejecución (UE) del Consejo nº 206/2013, nº 371/2014 y nº 2015/548] (véanse los apartados 158 a 163)

11.                     Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas contra Irán — Congelación de los fondos de personas, entidades u organismos que participan en la proliferación nuclear o prestan apoyo a la misma — Restricción del derecho a la libertad de expresión y a la libertad profesional — Restricción del derecho de propiedad — Violación del principio de proporcionalidad — Inexistencia [Carta de los Derechos Fundamentales, arts. 11, 17, ap. 1, y 52, ap. 1; Decisiones del Consejo 2011/235/PESC, 2013/124/PESC, 2014/205/PESC y 2015/555/PESC; Reglamentos del Consejo (UE) nº 359/2011 y de Ejecución (UE) nos 206/2013, nº 371/2014 y n.º 2015/548] (véanse los apartados 177 a 192 y 198 a 202)

12.                     Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas contra Irán — Prohibición de entrada y tránsito y congelación de fondos de ciertas personas y entidades que participan en la proliferación nuclear o prestan apoyo a la misma — Restricción a la libre circulación dentro de la Unión — Violación del principio de proporcionalidad — Inexistencia [Art. 29 TUE; art. 21 TFUE, ap. 1; Decisiones del Consejo 2013/124/PESC, 2014/205/PESC y 2015/555/PESC; Reglamentos de Ejecución (UE) del Consejo nº 206/2013, nº 371/2014 y nº 2015/548] (véanse los apartados 194 a 196)

Objeto

Pretensión de anulación parcial, por cuanto que dichos actos se refieren al demandante: en primer lugar, de la Decisión 2013/124/PESC del Consejo, de 11 de marzo de 2013, que modifica la Decisión 2011/235/PESC relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas y entidades habida cuenta de la situación en Irán (DO L 68, p. 57); en segundo lugar, del Reglamento de Ejecución (UE) nº 206/2013 del Consejo, de 11 de marzo de 2013, por el que se aplica el artículo 12, apartado 1, del Reglamento (UE) nº 359/2011 relativo a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Irán (DO L 68, p. 9); en tercer lugar, de la Decisión 2014/205/PESC del Consejo, de 10 de abril de 2014, que modifica la Decisión 2011/235/PESC relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas y entidades habida cuenta de la situación en Irán (DO L 109, p. 25); en cuarto lugar, del Reglamento de Ejecución (UE) nº 371/2014 del Consejo, de 10 de abril de 2014, que ejecuta el artículo 12, apartado 1, del Reglamento (UE) nº 359/2011, relativo a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Irán (DO L 109, p. 9); en quinto lugar, de la Decisión (PESC) 2015/555 del Consejo, de 7 de abril de 2015, que modifica la Decisión 2011/235/PESC relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas y entidades habida cuenta de la situación en Irán (DO L 92, p. 91); y, en sexto lugar, del Reglamento de Ejecución (UE) nº 2015/548 del Consejo, de 7 de abril de 2015, que ejecuta el Reglamento (UE) nº 359/2011 relativo a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Irán (DO L 92, p. 1).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

El Sr. Mohammad Sarafraz cargará con sus propias costas y con las del Consejo de la Unión Europea.

3)

Stiftung Organisation Justice for Iran cargará con sus propias costas.