Language of document : ECLI:EU:T:2022:184


 


 



Sentencia del Tribunal General (Sala Cuarta ampliada) de 30 de marzo de 2022 — Cathay Pacific Airways/Comisión

(Asunto T343/17) (1)

«Competencia — Prácticas colusorias — Mercado del transporte aéreo de mercancías — Decisión por la que se declara la existencia de una infracción del artículo 101 TFUE, del artículo 53 del Acuerdo EEE y del artículo 8 del Acuerdo entre la Comunidad y Suiza sobre el transporte aéreo — Coordinación de elementos del precio de los servicios de transporte aéreo de mercancías (recargo por combustible, recargo por seguridad, pago de una comisión sobre los recargos) — Intercambio de información — Competencia territorial de la Comisión — Derecho de defensa — Prescripción — Obligación impuesta por el Estado — Infracción única y continuada — Importe de la multa — Valor de las ventas — Gravedad de la infracción — Circunstancias atenuantes — Instigación del comportamiento contrario a la competencia por parte de las autoridades públicas — Participación sustancialmente reducida — Proporcionalidad — Competencia jurisdiccional plena»

1.      Competencia — Transportes — Normas sobre la competencia — Transporte aéreo — Reglamento (CE) n.º 411/2004 — Ámbito de aplicación — Rutas Unión-países terceros y rutas EEE salvo Unión-países terceros — Servicios de transporte aéreo de mercancías en rutas de entrada — Inclusión

[Arts. 101 TFUE y 102 TFUE; Acuerdo EEE, arts. 53 y 54 y anexo XIII y Protocolo 21, en su versión modificada por la Decisión del Comité Mixto del EEE n.º 40/2005; Reglamento (CE) n.º 1/2003 del Consejo, art. 32, c), y Reglamento (CE) n.º 411/2004 del Consejo, arts. 1 y 3]

(véanse los apartados 79 a 94)

2.      Competencia — Normas de la Unión — Ámbito de aplicación territorial — Competencia de la Comisión — Procedencia según el Derecho internacional público — Realización o efectos cualificados de las prácticas abusivas en el EEE — Cauces alternativos — Criterio del efecto inmediato, sustancial y previsible — Alcance ante un comportamiento que tenga por objeto restringir la competencia

(Art. 101 TFUE; Acuerdo EEE, art. 53)

(véanse los apartados 96 a 98, 112, 114 a 123, 134 a 136, 151 a 153, 162 a 170 y 178)

3.      Recurso de anulación — Motivos — Falta de competencia de la institución autora del acto impugnado — Examen de oficio por el juez de la Unión — Requisito — Respeto del principio de contradicción

(Art. 263 TFUE)

(véanse los apartados 192 y 193)

4.      Competencia — Procedimiento administrativo — Prescripción en materia de actuaciones — Suspensión — Efecto suspensivo aparejado a los procedimientos judiciales pendientes — Alcance — Efecto erga omnes — Inexistencia — Consecuencia — Determinación en función del objeto del litigio

[Reglamento (CE) n.º 1/2003 del Consejo, arts. 23 y 25, ap. 6]

(véanse los apartados 228, 229 y 235)

5.      Competencia — Procedimiento administrativo — Facultades de la Comisión — Facultad de adoptar una decisión por la que se declara la existencia de una infracción tras la prescripción en materia de imposición de sanciones en el sentido del Reglamento (CE) n.º 1/2003 — Requisito — Existencia de un interés legítimo en llevar a cabo tal declaración

[Art. 101 TFUE; Reglamento (CE) n.º 1/2003 del Consejo, arts. 7 y 25]

(véanse los apartados 230 y 246)

6.      Recurso de anulación — Objeto — Decisión por la que se declara la existencia de una infracción de las normas sobre competencia cometida por varios destinatarios — Elementos relativos a destinatarios distintos del demandante que no se han impugnado o se han impugnado fuera de plazo — Exclusión — Consecuencia — Consideración únicamente de los elementos de la parte dispositiva de la decisión y de la motivación necesaria para respaldarla respecto al demandante

[Arts. 101 TFUE, 263 TFUE y 288 TFUE, párr. 4; Reglamento (CE) n.º 1/2003 del Consejo, arts. 7 y 25]

(véanse los apartados 237 a 242)

7.      Prácticas colusorias — Prohibición — Infracciones — Acuerdos y prácticas concertadas que constituyen una infracción única — Concepto — Prácticas y comportamientos infractores que se integran en un plan de conjunto para alcanzar un objetivo único — Apreciación — Criterios — Identidad de objeto y de sujetos — Necesidad de un vínculo de complementariedad entre los diferentes comportamientos en cuestión — Inexistencia

(Art. 101 TFUE; Acuerdo EEE, art. 53; Acuerdo CE-Suiza sobre el transporte aéreo, art. 8)

(véanse los apartados 270 a 273 y 283 a 287)

8.      Competencia — Procedimiento administrativo — Decisión de la Comisión por la que se declara la existencia de una infracción — Prueba de la infracción y de su duración a cargo de la Comisión — Alcance de la carga de la prueba — Infracción única y continua — Conocimiento o previsibilidad del plan global de la práctica colusoria y de sus elementos principales — Conjunto de indicios

[Art. 101 TFUE; Acuerdo EEE, art. 53; Acuerdo CE-Suiza sobre el transporte aéreo, art. 8; Reglamento (CE) n.º 1/2003 del Consejo, art. 23, aps. 2 y 3]

(véanse los apartados 348 a 350 y 369 a 373)

9.      Competencia — Normas de la Unión — Ámbito de aplicación material — Comportamiento impuesto por medidas estatales — Exclusión — Requisitos — Existencia de imposiciones estatales apropiadas para excluir todo comportamiento autónomo de las empresas — Carga de la prueba que incumbe a la empresa que la invoca — Alcance

(Arts. 101 TFUE y 102 TFUE)

(véanse los apartados 391 a 395 y 410 a 415)

10.    Competencia — Normas de la Unión — Ámbito de aplicación material — Comportamiento impuesto por medidas estatales — Exclusión — Alcance — Imposición estatal por parte de un país tercero — Irrelevancia — Procedencia según el Derecho internacional público

(Arts. 101 TFUE y 102 TFUE)

(véanse los apartados 458 a 460 y 464 a 467)

11.    Competencia — Multas — Importe — Determinación — Fijación del importe de base — Determinación del valor de las ventas — Ventas realizadas en relación directa o indirecta con la infracción — Práctica colusoria en el sector de los servicios de transporte aéreo de mercancías — Práctica colusoria relativa a varios elementos del precio de los servicios de transporte de mercancías — Consideración del importe total de las ventas relacionadas con los servicios de transporte de mercancías — Procedencia — Violación del principio de proporcionalidad — Inexistencia

[Art. 101 TFUE; Acuerdo EEE, art. 53; Acuerdo CE-Suiza sobre el transporte aéreo, art. 8; Reglamento (CE) n.º 1/2003 del Consejo, art. 23, aps. 2 y 3; Comunicación 2006/C210/02 de la Comisión, puntos 6 y 13]

(véanse los apartados 518 a 526 y 528 a 542)

12.    Competencia — Multas — Importe — Determinación — Fijación del importe de base — Determinación del valor de las ventas — Toma en consideración del valor de las ventas efectuadas únicamente en relación directa o indirecta con la infracción en el sector geográfico de que se trate — Ventas realizadas en el interior del territorio del Espacio Económico Europeo — Práctica colusoria en el sector de los servicios de transporte aéreo de mercancías — Toma en consideración del valor de las ventas de servicios de transporte de mercancías en rutas de entrada — Procedencia

[Art. 101 TFUE; Acuerdo EEE, art. 53; Acuerdo CE-Suiza sobre el transporte aéreo, art. 8; Reglamento (CE) n.º 1/2003 del Consejo, art. 23, ap. 2; Comunicación 2006/C210/02 de la Comisión, punto 13]

(véanse los apartados 549 a 569)

13.    Competencia — Multas — Importe — Determinación — Fijación del importe de base — Gravedad de la infracción — Criterios de apreciación — Naturaleza de la infracción — Acuerdo horizontal en materia de precios — Gravedad inherente a tal infracción que justifica la elección de un coeficiente de gravedad elevado

[Art. 101 TFUE; Acuerdo EEE, art. 53; Acuerdo CE-Suiza sobre el transporte aéreo, art. 8; Reglamento (CE) n.º 1/2003 del Consejo, art. 23, aps. 2 y 3; Comunicación 2006/C210/02 de la Comisión, puntos 19 a 23]

(véanse los apartados 576 a 581)

14.    Competencia — Multas — Importe — Determinación — Control jurisdiccional — Competencia jurisdiccional plena del juez de la Unión — Alcance — Límite — Respeto del principio de no discriminación — Consideración de las Directrices para el cálculo de las multas

[Art. 261 TFUE; Reglamento (CE) n.º 1/2003 del Consejo, art. 31; Comunicación 2006/C210/02 de la Comisión]

(véanse los apartados 640 a 646)

Fallo

1)

Anular el artículo 1, apartados 1, letra g), y 4, letra g), de la Decisión C(2017) 1742 final de la Comisión, de 17 de marzo de 2017, relativa a un procedimiento en virtud del artículo 101 TFUE, del artículo 53 del Acuerdo EEE y del artículo 8 del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el transporte aéreo (asunto AT.39258 — Transporte aéreo de mercancías).

2)

Fijar en 47 040 000 euros el importe de la multa impuesta a Cathay Pacific Airways Ltd en el artículo 3, letra g), de la citada Decisión.

3)

Desestimar el recurso en todo lo demás.

4)

Cathay Pacific Airways cargará con una tercera parte de sus costas.

5)

La Comisión Europea cargará con sus propias costas y con dos terceras partes de las costas de Cathay Pacific Airways.


1 DO C 239 de 24.7.2017.