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Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 25 de abril de 2024 (petición de decisión prejudicial planteada por el Consiglio di Stato — Italia) — Autorità di regolazione dei trasporti / Lufthansa Linee Aeree Germaniche, Austrian Airlines, Brussels Airlines, Swiss International Air Lines Ltd, Lufthansa Cargo

(Asunto C-204/23, 1 Lufthansa Linee Aeree Germaniche y otros)

(Procedimiento prejudicial — Transportes aéreos — Tasas aeroportuarias — Directiva 2009/12/CE — Artículo 11, apartado 5 — Financiación de la autoridad de supervisión independiente — Contribución de los usuarios de aeropuertos — Criterios de imposición)

Lengua de procedimiento: italiano

Órgano jurisdiccional remitente

Consiglio di Stato

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Autorità di regolazione dei trasporti

Demandadas: Lufthansa Linee Aeree Germaniche, Austrian Airlines, Brussels Airlines, Swiss International Air Lines Ltd, Lufthansa Cargo

con intervención de: Presidenza del Consiglio dei ministri

Fallo

El artículo 11, apartado 5, de la Directiva 2009/12/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2009, relativa a las tasas aeroportuarias,

debe interpretarse en el sentido de que

no se opone a una normativa nacional en virtud de la cual la financiación de la autoridad de supervisión independiente se garantiza mediante la recaudación de una contribución, cobrada a los usuarios de aeropuertos, cuyo importe no está correlacionado con el coste de los servicios prestados por dicha autoridad, siempre que tal normativa sea conforme con los principios generales del Derecho de la Unión, en particular con los principios de proporcionalidad y de no discriminación.

El artículo 11, apartado 5, de la Directiva 2009/12

debe interpretarse en el sentido de que

no se opone a una normativa nacional en virtud de la cual la financiación de la autoridad de supervisión independiente se garantiza mediante la recaudación de una contribución cobrada a los usuarios de aeropuertos, aun cuando estos no estén establecidos en el Estado miembro al que pertenezca dicha autoridad o no se hayan constituido con arreglo al Derecho de ese Estado miembro.

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1 DO C 189 de 30.5.2023.