Language of document : ECLI:EU:T:2011:597





Auto del Presidente del Tribunal General de 14 de octubre de 2011 — Rousse Industry/Comisión

(Asunto T‑489/11 R)

«Procedimiento sobre medidas provisionales — Ayudas de Estado — Decisión por la que se declara la ayuda incompatible con el mercado común y se ordena su recuperación — Demanda de suspensión de la ejecución — Incumplimiento de requisitos de forma — Inadmisibilidad»

1.                     Procedimiento sobre medidas provisionales — Requisitos de admisibilidad — Demanda — Requisitos de forma — Exposición de los motivos que justifiquen a primera vista la concesión de las medidas solicitadas — Presentación de un escrito complementario para subsanar las deficiencias — Incompatibilidad con el procedimiento sobre medidas provisionales (Arts. 278 TFUE y 279 TFUE; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 104, ap. 2) (véanse los apartados 5, 6, 15 y 16)

2.                     Procedimiento sobre medidas provisionales — Suspensión de la ejecución — Requisitos para su concesión — Urgencia — Perjuicio grave e irreparable — Carga de la prueba — Perjuicio económico — Perjuicio que puede repararse posteriormente — Perjuicio que no puede considerarse irreparable (Art. 278 TFUE) (véanse los apartados 8, 9, 12 y 13)

3.                     Procedimiento sobre medidas provisionales — Suspensión de la ejecución — Requisitos para su concesión — Recurso principal que tiene por objeto la anulación de una decisión de la Comisión por la que se ordena la devolución de ayudas de Estado — Posibilidad de impugnar las medidas nacionales de ejecución ante el juez nacional — Posibilidad de evitar sufrir un perjuicio grave e irreparable (Art. 278 TFUE) (véase el apartado 14)

Objeto

Demanda de suspensión de la ejecución de la Decisión C(2011) 4903 final de la Comisión, de 13 de julio de 2011, por la que se declara incompatible con el mercado interior la ayuda concedida por Bulgaria a favor de Rousse Industry, en forma de créditos impagados al Estado (ayuda de Estado C 12/2010 y N 389/2009), en la medida en que dicha Decisión ordena que se recupere la ayuda recibida por la demandante.

Fallo

1)

Desestimar la demanda de medidas provisionales.

2)

Reservar la decisión sobre las costas.