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Auto del Tribunal General de 5 de septiembre de 2019 — Italia/Comisión

(Asuntos T-313/15 y T-317/15) 1

[«Régimen lingüístico — Convocatorias de oposiciones generales para la selección de administradores — Elección de la segunda lengua de entre tres lenguas — Reglamento n.º 1 — Artículos 1 quinquies, apartado 1, 27 y 28, letra f), del Estatuto — Principio de no discriminación — Proporcionalidad — Recurso manifiestamente fundado»]

Lengua de procedimiento: italiano

Partes

Demandante: República Italiana (representantes: G. Palmieri, agente, asistida por P. Gentili, avvocato dello Stato)

Demandada: Comisión Europea (representantes: inicialmente J. Currall y G. Gattinara, posteriormente G. Gattinara, F. Simonetti y D. Milanowska, agentes)

Parte coadyuvante en apoyo de la demandante: Reino de España (representante: M.J. García-Valdecasas Dorrego, agente)

Objeto

En el asunto T-313/15, recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación de la convocatoria de oposiciones generales EPSO/AD/301/15, para la constitución de una lista de reserva de administradores (AD 5) (DO 2015, C 92 A, p. 1) y, en el asunto T-317/15, recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación de la convocatoria de oposiciones generales EPSO/AD/302/15, para la constitución de una lista de reserva de administradores en el campo de la auditoría (AD 5) (DO 2015, C 99 A, p. 1).

Fallo

Acumular los asuntos T-313/15 y T-317/15 a efectos del presente auto.

Anular la convocatoria de oposiciones generales EPSO/AD/301/15, para la constitución de una lista de reserva de administradores (AD 5) y la convocatoria de oposiciones generales EPSO/AD/302/15, para la constitución de una lista de reserva de administradores en el campo de la auditoría (AD 5).

La Comisión Europea cargará, además de con sus propias costas, con las de la República Italiana.

El Reino de España cargará con sus propias costas.

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1     DO C 262 de 10.8.2015.