Language of document : ECLI:EU:C:2016:669

AUTO DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Cuarta)

de 7 de septiembre de 2016 (*)

«Rectificación de sentencia»

En el asunto C‑470/14 REC,

que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 267 TFUE, por el Tribunal Supremo, mediante auto de 10 de septiembre de 2014, recibido en el Tribunal de Justicia el 14 de octubre de 2014, en el procedimiento entre

Entidad de Gestión de Derechos de los Productores Audiovisuales (EGEDA),

Derechos de Autor de Medios Audiovisuales (DAMA),

Visual Entidad de Gestión de Artistas Plásticos (VEGAP)

y

Administración del Estado,

Asociación Multisectorial de Empresas de la Electrónica, las Tecnologías de la Información y la Comunicación, de las Telecomunicaciones y de los contenidos Digitales (Ametic),

con intervención de:

Artistas Intérpretes, Sociedad de Gestión (AISGE),

Centro Español de Derechos Reprográficos (CEDRO),

Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales (AGEDI),

Entidad de Gestión, Artistas, Intérpretes o Ejecutantes, Sociedad de Gestión de España (AIE),

Sociedad General de Autores y Editores (SGAE),

EL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Cuarta),

integrado por el Sr. J. Malenovský (Ponente), en funciones de Presidente de Sala, y el Sr. M. Safjan, la Sra. A. Prechal, el Sr. S. Rodin y la Sra. K. Jürimäe, Jueces;

Abogado General: Sr. M. Szpunar;

Secretario: Sr. A. Calot Escobar;

oído el Abogado General;

dicta el siguiente

Auto

1        El 9 de junio de 2016, el Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) dictó la sentencia EGEDA y otros (C‑470/14, EU:C:2016:418).

2        Dicha sentencia contiene un error de transcripción que debe rectificarse, a instancia del Gobierno finlandés, en virtud del artículo 103, apartado 1, del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia.

En virtud de todo lo expuesto, el Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) resuelve:

1)      En la parte introductoria de la sentencia de 9 de junio de 2016, EGEDA y otros (C‑470/14, EU:C:2016:418), la mención relativa a las observaciones presentadas por el Gobierno finlandés debe rectificarse del siguiente modo:

«–      en nombre del Gobierno finlandés, por el Sr. J. Heliskoski, en calidad de agente;»

2)      Unir el original del presente auto al original de la resolución rectificada, en cuyo margen se dejará constancia de dicho auto.

El Secretario

 

      El Presidente

A. Calot Escobar

 

      K. Lenaerts


*Lengua de procedimiento: español.