Language of document : ECLI:EU:T:2008:545





Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Segunda) de 2 de diciembre de 2008 — Ebro Puleva/OAMI — Berenguel (BRILLO’S)

(Asunto T‑275/07)

«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria denominativa BRILLO’S — Marcas nacionales figurativas anteriores que contienen el elemento denominativo “brillante” — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Similitud de los signos — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 40/94»

Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior [Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 24 a 28)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI de 21 de mayo de 2007 (asunto R 493/2006-2) relativa a un procedimiento de oposición entre Ebro Puleva, S.A., y Luis Berenguel, S.L.

Datos relativos al asunto

Solicitante de la marca comunitaria:

Luis Berenguel, S.L.

Marca comunitaria solicitada:

Marca denominativa BRILLO’S para productos de las clases 29, 30 y 31 — Solicitud nº 2.984.995

Titular de la marca o del signo invocados en oposición:

Ebro Puleva, S.A.

Marca o signo invocados en oposición:

Marcas figurativas españolas «brillante» para productos de la clase 30 (marca nº 922.772) y para productos de la clase 29 (marca nº 2.413.459)

Resolución de la División de Oposición:

Desestimación de la oposición

Resolución de la Sala de Recurso:

Desestimación del recurso


Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Ebro Puleva, S.A.