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Comunicación al DO

 

Recurso interpuesto el 6 de agosto de 2004 contra Silicon and Software Systems Limited por la Comisión de las Comunidades Europeas

(Asunto T-326/04)

(Lengua de procedimiento: inglés)

En el Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas se ha presentado el 6 de agosto de 2004 un recurso contra Silicon and Software Systems Limited formulado por la Comisión de las Comunidades Europeas, representada por A. Whelan, agente, y el Dr. D.R. Phelan, Barrister, que designa domicilio en Luxemburgo.

La parte demandante solicita al Tribunal de Primera Instancia que:

-    Condene a la demandada a pagar a la Comisión la cantidad de 38.446,50 euros, de los cuales 29.194 euros como importe principal y 9.252,50 euros en concepto de intereses de demora del 30 de agosto de 2000 al 16 de agosto de 2004 a un interés anual del 8 %.

-    Condene asimismo a la demandada a pagar a la Comisión 6,40 euros diarios en concepto de intereses al 8 % anual desde el 17 de agosto de 2004 hasta la fecha en que liquide completamente su deuda.

-    Condene en costas a la demandada.

Motivos y principales alegaciones

El 28 de marzo de 1994, la Comisión celebró el contrato nº 10043 con la demandada ESSI con vistas a la realización de trabajos de investigación y desarrollo tecnológico en relación con el programa ESPRIT. Con arreglo a dicho contrato, la Comisión efectuó un pago anticipado a cuenta de la demandada en concepto de contribución financiera. Tras la ejecución de su prestación, la demandada presentó los estados de gastos consolidados. La Comisión no aceptó la inclusión de los gastos en que la demandada había incurrido antes del inicio del contrato y modificó correspondientemente los estados de gastos. La Comisión alega que la demandada nunca presentó objeción alguna en relación con la revisión de los estados de gastos consolidados.

A continuación, la Comisión exigió la devolución del saldo del anticipo que resultaba de la diferencia entre los estados de gastos consolidados y su versión revisada, que ascendía a 29.194 euros. La demandada se negó a pagar el saldo del anticipo, motivo por el cual, según la Comisión, incumplió el contrato.

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