Language of document :

Recurso interpuesto el 31 de marzo de 2023Comisión Europea / Reino de Bélgica

(Asunto C-215/23)

Lengua de procedimiento: neerlandés

Partes

Demandante: Comisión Europea (representantes: P.-J. Loewenthal, U. Małecka, agentes)

Demandada: Reino de Bélgica

Pretensiones de la parte demandante

La Comisión solicita al Tribunal de Justicia que:

Declare que el Reino de Bélgica ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 17 de la Directiva (UE) 2019/1024 1 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a los datos abiertos y la reutilización de la información del sector público, al no haber adoptado las medidas legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a dicha Directiva y no haber comunicado estas medidas inmediatamente a la Comisión.

Condene al Reino de Bélgica a pagar a la Comisión un importe a tanto alzado que se corresponda con el mayor de los siguientes importes: (i) un importe de 2 520 euros diarios, multiplicado por el número de días transcurridos desde la expiración del plazo de transposición establecido en la Directiva (UE) 2019/1024 y el día en que cese el incumplimiento o, en caso de no cesar el incumplimiento, el día en que se dicte la presente sentencia o (ii) un importe a tanto alzado de, al menos, 2 352 000 euros.

Condene al Reino de Bélgica, en caso de que el incumplimiento al que se refiere el apartado 1 persista hasta la fecha en que se dicte la presente sentencia, a pagar a la Comisión una multa coercitiva por un importe de 13 608 euros diarios desde la fecha en que recaiga sentencia en el presente asunto hasta la fecha en que el referido Estado miembro cumpla las obligaciones que le incumben en virtud de esa Directiva.

Condene en costas al Reino de Bélgica.

Motivos y principales alegaciones

Conforme al artículo 17, apartado 1, de la Directiva (UE) 2019/1024, los Estados miembros debían adoptar a más tardar el 17 de julio de 2021 las medidas nacionales necesarias para transponer la Directiva y comunicarlas inmediatamente a la Comisión.

Según la Comisión, el Reino de Bélgica ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la citada disposición, al no haber adoptado en plazo, para la Región Valona, la Comunidad Francófona y a nivel federal, las medidas de transposición necesarias o, por lo menos, al no haber comunicado tales medidas inmediatamente a la Comisión.

____________

1 DO 2019, L 172, p. 56.