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Recurso interpuesto el 3 de marzo de 2006 - Fox Racing/OAMI

(Asunto T-74/06)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés

Partes

Demandante: Fox Racing Inc. (Morgan Hill, EE.UU.) (representante: P. Brownlow, Solicitor)

Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (marcas, dibujos y modelos)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Lloyd IP Limited (Penrith, Reino Unido)

Pretensiones de la parte demandante

Que se anule parcialmente la resolución de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (marcas, dibujos y modelos) (OAMI) de 8 de diciembre de 2005 (Asunto R 1180/2004 - 1), en la medida en que desestimó la solicitud de marca en lo que respecta a cascos de moto y cascos de seguridad y ropa de protección para motoristas y ciclistas (clase 9) y a prendas de vestir, en concreto, abrigos, impermeables, sudaderas, jerseys, camisetas, blusas, pantalones, pantys, pantalones cortos, sombreros, gorras, cintas para el sudor, cintas para la cabeza, guantes, correas, zapatos, botas, calcetines y delantales (clase 25).

Que se condene en costas a la OAMI.

Motivos y principales alegaciones

Solicitante de la marca comunitaria: La demandante

Marca comunitaria solicitada: Marca denominativa "SHIFT" para productos de las clases 9, 16, 18 y 25 - Solicitud nº 2 419 349

Titular de la marca o signo invocados en el procedimiento de oposición: Lloyd Lifestyle Limited

Marca o signo invocados en el procedimiento de oposición: La marca figurativa comunitaria y marca denominativa anterior no registrada "Swift" y la marca figurativa nacional "Swift leathers" para productos de las clases 9 y 25

Resolución de la División de Oposición: Denegación del registro

Resolución de la Sala de Recurso: Anulación de la resolución recurrida en la medida en que desestimó la solicitud de marca para los "barómetros" y para los productos de las clases 16 y 18; ratificación de la resolución recurrida en todo lo demás

Motivos invocados: Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo

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