Language of document : ECLI:EU:T:2012:343





Sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) de 4 de julio de 2012 — Laboratoires CTRS/Comisión

(Asunto T‑12/12)

«Medicamentos para uso humano — Autorización de comercialización del medicamento Orphacol — Escrito que informa a la demandante de la intención de la Comisión de denegar la autorización — Recurso por omisión — Postura de la Comisión — Inadmisibilidad — Recurso de anulación — Adopción de una nueva decisión — Sobreseimiento»

1.                     Recurso por omisión — Requerimiento a la institución — Requisitos — Petición explícita y precisa — Inexistencia de normas particulares — Escrito que permite a la institución de que se trate conocer de manera concreta el contenido de la decisión solicitada (Art. 265 TFUE, párr. 2) (véanse los apartados 38 y 40)

2.                     Recurso por omisión — Definición de posición, en el sentido del artículo 265 TFUE, párrafo 2, antes de la interposición del recurso — Inadmisibilidad (Art. 265 TFUE, párr. 2) (véanse los apartados 41 a 44)

3.                     Recurso de anulación — Interés en ejercitar la acción — Necesidad de existencia de tal interés en la fase de interposición del recurso y hasta que se dicte la resolución judicial — Decisión que sustituye durante el procedimiento a la decisión impugnada — Recurso que queda sin objeto — Sobreseimiento por inexistencia de interés de la parte demandante de que se declare una anulación (Art. 263 TFUE) (véanse los apartados 52 a 55)

Objeto

Pretensión de que se declare que la Comisión ha incurrido en omisión al haberse abstenido ilegalmente de adoptar una decisión definitiva en cuanto a la solicitud de autorización de comercialización del medicamento Orphacol y, con carácter subsidiario, pretensión de anulación de la decisión, presuntamente contenida en el escrito de la Comisión de 5 de diciembre de 2011, de no conceder a la demandante dicha autorización.

Fallo

1)

Declarar la inadmisibilidad del recurso por omisión.

2)

Sobreseer el recurso de anulación interpuesto con carácter subsidiario.

3)

La Comisión Europea cargará con sus propias costas, así como con aquellas en que haya incurrido Laboratoires CTRS.

4)

La República Checa, la República Francesa y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte cargarán con sus propias costas.