Language of document : ECLI:EU:T:2012:11





Sentencia del Tribunal General (Sala Segunda) de 18 de enero de 2012 —
Djebel — SGPS/Comisión

(Asunto T‑422/07)

«Ayudas de Estado — Régimen de ayudas destinadas a fomentar las estrategias de empresas modernas y competitivas — Ayuda contemplada en beneficio de una sociedad mercantil en forma de préstamo bonificado en el marco de una inversión de dicha sociedad en Brasil — Decisión por la que se declara la ayuda incompatible con el mercado común — Obligación de motivación — Perjuicio para la competencia — Perjuicio para los intercambios entre Estados miembros — Igualdad de trato»

1.                     Recurso de anulación — Competencia del juez de la Unión — Pretensiones que tienen por objeto obtener una orden conminatoria dirigida a una institución — Pretensiones que tienen por objeto obtener una sentencia declarativa — Inadmisibilidad (Art. 230 CE) (véase el apartado 50)

2.                     Ayudas otorgadas por los Estados — Decisión de la Comisión por la que se declara la incompatibilidad de una ayuda con el mercado común — Obligación de motivación — Alcance — Decisión en la línea de decisiones anteriores — Motivación sucinta — Decisión que va mucho más lejos que las decisiones anteriores — Motivación explícita (Arts. 87 CE, ap. 1, y 253 CE) (véanse los apartados 52 a 54, 57, 58 y 70)

3.                     Ayudas otorgadas por los Estados — Perjuicio para los intercambios entre Estados miembros — Perjuicio para la competencia — Criterios de apreciación — Ayuda de importe reducido y escaso tamaño de la empresa que no excluyen a priori el perjuicio para los intercambios comerciales (Art. 87 CE, ap. 1) (véanse los apartados 81 a 85, 88 a 90, 97 y 100)

4.                     Ayudas otorgadas por los Estados — Prohibición — Excepciones — Facultad de apreciación de la Comisión — Control jurisdiccional (Art. 87 CE, ap. 3) (véanse los apartados 107 y 108)

5.                     Ayudas otorgadas por los Estados — Prohibición — Excepciones — Ayudas a las que puede aplicarse la excepción establecida en el artículo 87 CE, apartado 3, letra c) — Inexistencia de necesidad y de efecto incentivador de la ayuda — Exclusión [Art. 87 CE, ap. 3, letra c)] (véanse los apartados 118 a 124)

6.                     Ayudas otorgadas por los Estados — Régimen general de ayudas aprobado por la Comisión — Aprobación condicionada a la notificación individual de determinadas ayudas — Examen de una ayuda notificada de este tipo únicamente a la luz de las normas del Tratado (véanse los apartados 144 y 147 a 149)

7.                     Ayudas otorgadas por los Estados — Concepto — Apreciación según el criterio del inversor privado — Aportación de capital (Art. 87 CE, ap. 1) (véanse los apartados 157 y 158)

8.                     Ayudas otorgadas por los Estados — Decisión de la Comisión — Apreciación de la legalidad en función de la información disponible al adoptarse la decisión — Consideración de la evolución previsible de la competencia (Art. 87 CE, ap. 1) (véanse los apartados 168 a 170)

9.                     Ayudas otorgadas por los Estados — Procedimiento administrativo — Obligaciones de la Comisión — Observancia de un plazo razonable — Criterios de apreciación — Incumplimiento — Consecuencias — Anulación de la decisión en caso de violación del derecho de defensa (Art. 88 CE, ap. 2) (véanse los apartados 174 a 176)

10.                     Derecho de la Unión — Principios — Protección de la confianza legítima — Posibilidad de que la Comisión tenga en cuenta la evolución del mercado común respecto de una decisión anterior — Violación del principio de igualdad de trato — Inexistencia (véanse los apartados 199, 200, 202 y 203)

Objeto

Recurso de anulación de la Decisión 2007/582/CE de la Comisión, de 10 de mayo de 2007, relativa a la ayuda estatal C 4/2006 (ex N 180/2005) — Portugal — Ayuda a Djebel (DO L 219, p. 30).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Djebel — SGPS, SA, cargará con sus propias costas y con las costas de la Comisión Europea.