Language of document :

Recurso interpuesto el 13 de marzo de 2024 — Comisión / Polonia

(Asunto C-200/24)

Lengua de procedimiento: polaco

Partes

Demandante: Comisión Europea (representantes: U. Małecka y M. Mataija, agentes)

Demandada: República de Polonia

Pretensiones de la parte demandante

Que se declare que, al adoptar el artículo 94a, apartado 1, de la Prawo Farmaceutyczne (Ley del Medicamento), la República de Polonia ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 8, apartado 1, de la Directiva 2000/31/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2000, relativa a determinados aspectos jurídicos de los servicios de la sociedad de la información, en particular el comercio electrónico en el mercado interior, 1 y de los artículos 49 TFUE y 56 TFUE.

Que se condene en costas a la República de Polonia.

Motivos y principales alegaciones

El 1 de enero de 2012, la República de Polonia modificó la Prawo Farmaceutyczne (Ley del Medicamento) e introdujo una nueva disposición (artículo 94a, apartado 1). Esta disposición prohíbe la publicidad de las oficinas de farmacia y los puntos de despacho de medicamentos y de sus actividades.

En su recurso, la Comisión aduce que esta prohibición infringe el artículo 8 de la Directiva 2000/31, ya que prohíbe toda forma de comunicación electrónica comercial, incluida cualquier página de Internet creada por un farmacéutico que trabaje en una oficina de farmacia o en un punto de despacho de medicamentos. Además, la Comisión sostiene que dicha prohibición restringe la libertad de establecimiento y la libre prestación de servicios más allá de lo que es necesario para alcanzar el objetivo de protección de la salud pública en la República de Polonia. Tal y como está formulada, esta prohibición impide, entre otras cosas, la actividad de las oficinas de farmacia de otros Estados miembros que deseen prestar servicios en la República de Polonia (restricción de la libre prestación de servicios) y limita la libertad de las oficinas de farmacia de crear nuevas unidades económicas o de seguir desarrollando su actividad y ofrecer sus servicios a los clientes en ese país (restricción de la libertad de establecimiento).

La Comisión envió a la República de Polonia una carta de emplazamiento el 25 de enero de 2019 y un dictamen motivado el 3 de julio de 2020. En la fecha de interposición del presente recurso, la República de Polonia no había puesto fin al incumplimiento que le imputa la Comisión.

____________

1 DO 2000, L 178, p. 1.