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Comunicación al DO

 

     SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA

     de 30 de septiembre de 2003

en los asuntos acumulados T-346/02 y T-347/02: Cableuropa SA y otros contra Comisión de las Comunidades Europeas(1)

    ("Competencia ( Control de las concentraciones entre empresas ( Reglamento (CEE) nº 4064/89 ( Decisión de remitir el asunto a las autoridades nacionales ( Concepto de mercado definido")

    (Lengua de procedimiento: español)

En los asuntos acumulados T-346/02 y T-347/02, Cableuropa, S.A., con domicilio social en Madrid (España), Región de Murcia de Cable, S.A., con domicilio social en Murcia (España), Valencia de Cable, S.A., con domicilio social en Madrid, Mediterránea Sur Sistemas de Cable, S.A., con domicilio social en Alicante (España), Mediterránea Norte Sistemas de Cable, S.A., con domicilio social en Castellón (España), representadas por los Sres. L. Castresana Sánchez y G. Samaniego Bordiu, abogados, que designan domicilio en Luxemburgo, Aunacable, S.A., con domicilio social en Madrid, representada por el Sr. A. Creus Carreras y la Sra. N. Lacalle Mangas, abogados, Sociedad Operadora de Telecomunicaciones de Castilla y León (Retecal), S.A., con domicilio social en Boecillo (Valladolid), Euskaltel, S.A., con domicilio social en Zamudio (Vizcaya), Telecable de Avilés, S.A., con domicilio social en Avilés (Asturias), Telecable de Oviedo, S.A., con domicilio social en Oviedo (España), Telecable de Gijón, S.A., con domicilio social en Gijón (Asturias), R Cable y Telecomunicaciones Galicia, S.A., con domicilio social en La Coruña (España), Tenaria, S.A., con domicilio social en Cordovilla (Navarra), representadas por el Sr. J. Jiménez Laiglesia, abogado, contra Comisión de las Comunidades Europeas (agente: Sr. F. Castillo de la Torre), apoyada por Reino de España (agente: Sra. L. Fraguas Gadea), Sogecable SA, con domicilio social en Madrid, representada por los Sres. S. Martínez Lage y H. Brokelmann, abogados, DTS Distribuidora de Televisión Digital SA (Vía Digital), con domicilio social en Madrid, y Telefónica de Contenidos SAU, con domicilio social en Madrid, representadas por los Sres. M. Merola y S. Moreno Sanchez, abogados, que tienen por objeto la anulación de la Decisión de la Comisión, de 14 de agosto de 2002, por la que se remite el caso nº COMP/M.2845 ( Sogecable/Canalsatélite Digital/Vía Digital a las autoridades competentes del Reino de España de conformidad con el artículo 9 del Reglamento (CEE) nº 4064/89 del Consejo, de 21 de diciembre de 1989, sobre el control de las operaciones de concentración entre empresas, el Tribunal de Primera Instancia (Sala Tercera), integrado por el Sr. K. Lenaerts, Presidente, y los Sres. J. Azizi y M. Jaeger, Jueces; Secretario: Sr. J. Palacio González, administrador principal, ha dictado el 30 de septiembre de 2003 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:

1)Acumular los asuntos T-346/02 y T-347/02 a efectos de la sentencia.

2)Desestimar los recursos.

3)Las demandantes cargarán con sus propias costas y, solidariamente, con las de la Comisión, Sogecable, Vía Digital y Telefónica de Contenidos.

4)El Reino de España cargará con sus propias costas.

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1 - )DO C 19 de 24.01.2003.