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Sentencia del Tribunal General de 5 de febrero de 2014 — Aer Lingus/Comisión

(Asunto T-473/12) 1

(«Ayuda de Estado — Impuesto irlandés sobre el transporte aéreo de pasajeros — Tarifa reducida aplicada a los destinos situados a un máximo de 300 km del aeropuerto de Dublín — Decisión por la que se declara la incompatibilidad de la ayuda con el mercado interior y se ordena su recuperación — Ventaja — Carácter selectivo — Identificación de los beneficiarios de la ayuda — Artículo 14 del Reglamento (CE) nº 659/1999 — Obligación de motivación»)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Aer Lingus Ltd (Dublín, Irlanda) (representantes: K. Bacon, D. Scannell, D. Bailey, Barristers, y A. Burnside, Solicitor)

Demandada: Comisión Europea (representantes: L. Flynn, D. Grespan y T. Maxian Rusche, agentes)

Parte coadyuvante en apoyo de la demandada: Irlanda (representantes: E. Creedon, A. Joyce y J. Quaney, agentes, asistidos por E. Regan, SC, y B. Doherty, Barrister)

Objeto

Recurso de anulación de la Decisión 2013/199/UE de la Comisión, de 25 de julio de 2012, relativa a la ayuda estatal SA.29064 (11/C, ex 11/NN) — Diferenciación en las tarifas del impuesto sobre el transporte aéreo de pasajeros aplicada por Irlanda (DO 2013, L 119, p. 30).

Fallo

Anular el artículo 4 de la Decisión 2013/199/UE de la Comisión, de 25 de julio de 2012, relativa a la ayuda estatal SA.29064 (11/C, ex 11/NN) — Diferenciación en las tarifas del impuesto sobre el transporte aéreo de pasajeros aplicada por Irlanda, en la medida en que ordena la recuperación de la ayuda de los beneficiarios, por un importe que se fija en ocho euros por pasajero en el considerando 70 de dicha Decisión.

Desestimar el recurso en todo lo demás.

La Comisión Europea cargará con sus propias costas y con la mitad de las costas en que haya incurrido Aer Lingus Ltd.

Aer Lingus cargará con la mitad de sus propias costas.

Irlanda cargará con sus propias costas.

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1 DO C 26, de 26.1.2013.