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Sentencia del Tribunal General de 25 de noviembre de 2014 — Ryanair/Comisión

(Asunto T-512/11) 1

(«Ayudas de Estado — Sector aéreo — Impuesto irlandés sobre el transporte aéreo — Exención en el caso de pasajeros en tránsito y correspondencia — Decisión por la que se declara la inexistencia de ayuda estatal — Procedimiento de investigación formal no incoado — Serias dificultades — Derechos procedimentales de las partes interesadas)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Ryanair Ltd (Dublín, Irlanda) (representantes: E. Vahida e I.-G. Metaxas-Maragkidis, abogados)

Demandada: Comisión Europea (representantes: L. Flynn, D. Grespan y T. Maxian Rusche, agentes)

Partes coadyuvantes en apoyo de la demandada : República Federal de Alemania (representantes: T. Henze y K. Petersen, agentes) e Irlanda (representantes: E. Creedon, A. Joyce y E. Mc Phillips, agentes, asistidos por E. Regan, SC)

Objeto

Pretensión de anulación parcial de la Decisión C(2011) 4932 final de la Comisión, de 13 de julio de 2011, en la medida en que declara que el hecho de no aplicar el impuesto irlandés sobre el transporte aéreo en el caso de pasajeros en tránsito y en correspondencia no constituye una ayuda estatal en el sentido del artículo 107 TFUE, apartado 1 [ayuda estatal SA.29064 (2011C ex 2011/NN)].

Fallo

Anular la Decisión C(2011) 4932 final de la Comisión, de 13 de julio de 2011, en la medida en que declara que el hecho de no aplicar el impuesto irlandés sobre el transporte aéreo en el caso de pasajeros en tránsito y en correspondencia no constituye una ayuda estatal en el sentido del artículo 107 TFUE, apartado 1 [Ayuda estatal SA.29064 (2011C ex 2011/NN)].

La Comisión Europea cargará con sus propias costas y con aquéllas en que haya incurrido Ryanair Ltd.

La República Federal de Alemania e Irlanda cargarán con sus propias costas.

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1 DO C 347, de 26.11.2011.