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Petición de decisión prejudicial planteada por el Nederlandstalige Ondernemingsrechtbank Brussel (Bélgica) el 31 de enero de 2023 — A, B, C, D / MS Amlin Insurance SE

(Asunto C-45/23, MS Amlin Insurance)

Lengua de procedimiento: neerlandés

Órgano jurisdiccional remitente

Nederlandstalige Ondernemingsrechtbank Brussel

Partes en el procedimiento principal

Demandantes: A, B, C, D

Demandada: MS Amlin Insurance SE

Cuestión prejudicial

¿Debe interpretarse el artículo 17, apartado 1, de la Directiva (UE) 2015/2302 1 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015, relativa a los viajes combinados y a los servicios de viaje vinculados, por la que se modifican el Reglamento (CE) n.º 2006/2004 y la Directiva 2011/83/UE del Parlamento Europeo y del Consejo y por la que se deroga la Directiva 90/314/CEE del Consejo, en el sentido de que la garantía exigida en el mismo se aplica también al reembolso de todos los pagos realizados por los viajeros o en su nombre cuando el viajero pone fin al contrato de viaje combinado en virtud de circunstancias inevitables y extraordinarias en el sentido del artículo 12, apartado 2, de dicha Directiva, y se declara la insolvencia del organizador una vez que se ha puesto fin al contrato de viaje combinado por tal causa, pero antes de que dichos importes se hayan reembolsado efectivamente al viajero, de resultas de lo cual el viajero sufre una pérdida económica y, por consiguiente, soporta un riesgo económico en caso de insolvencia del organizador de viajes?

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1 DO 2015, L 326, p. 1.