Language of document :

Petición de decisión prejudicial planteada por el Svea hovrätt, Patent- och marknadsöverdomstolen (Suecia) el 15 de febrero de 2023 — Parfümerie Akzente GmbH / KTF Organisation AB

(Asunto C-88/23, Parfümerie Akzente)

Lengua de procedimiento: sueco

Órgano jurisdiccional remitente

Svea Hovrätt, Patent- och marknadsöverdomstolen

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Parfümerie Akzente GmbH

Demandada: KTF Organisation AB

Cuestiones prejudiciales

¿Debe interpretarse el artículo 3, apartado 2, de la Directiva 2000/31/CE, 1 habida cuenta del resto del Derecho de la Unión y de su efectividad, en el sentido de que se opone a una normativa nacional en virtud de la cual las normas nacionales relativas al ámbito coordinado, entre las que se encuentran las normas nacionales de transposición de la Directiva 2005/29/CE, 2 no son aplicables cuando el prestador de servicios esté establecido en otro Estado miembro y preste servicios de la sociedad de la información desde ese otro Estado miembro y no existan motivos para aplicar ninguna excepción derivada de las normas nacionales de transposición del artículo 3, apartado 4, de la Directiva 2000/31/CE?

¿Incluye el ámbito coordinado de la Directiva 2000/31/CE la promoción en el sitio web del vendedor y la venta en línea de un producto que supuestamente está etiquetado de modo contrario a los requisitos aplicables al producto en sí en el Estado miembro del consumidor comprador?

En caso de respuesta afirmativa a la segunda cuestión, ¿deben excluirse, no obstante, del ámbito coordinado, con arreglo al artículo 2, letra h), inciso ii), de la Directiva 2000/31/CE, los requisitos aplicables a la entrega y al producto en sí cuando la entrega del propio producto sea un elemento necesario de la promoción y venta en línea, o debe considerarse que la entrega del propio producto es un elemento accesorio e indisociable de la promoción y venta en línea?

Al apreciar las cuestiones segunda y tercera, ¿qué importancia tiene, en su caso, que los requisitos aplicables al producto en sí se deriven de disposiciones nacionales que transponen y completan una normativa de la Unión específica para un sector, en particular el artículo 8, apartado 2, de la Directiva 75/324/CEE 1 y el artículo 19, apartado 5, del Reglamento n.º 1223/2009, 2 y que implican que deben cumplirse los requisitos aplicables al producto para que este pueda comercializarse o entregarse al usuario final en ese Estado miembro?

____________

1 Directiva 2000/31/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2000, relativa a determinados aspectos jurídicos de los servicios de la sociedad de la información, en particular el comercio electrónico en el mercado interior (Directiva sobre el comercio electrónico) (DO 2000 L 178, p. 1).

1 Directiva 2005/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2005, relativa a las prácticas comerciales desleales de las empresas en sus relaciones con los consumidores en el mercado interior, que modifica la Directiva 84/450/CEE del Consejo, las Directivas 97/7/CE, 98/27/CE y 2002/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y el Reglamento (CE) n.º 2006/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo («Directiva sobre las prácticas comerciales desleales») (DO 2005 L 149, p. 22).

1 Directiva 75/324/CEE del Consejo, de 20 de mayo de 1975, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros sobre los generadores aerosoles (DO 1975 L 147, p. 40).

1 Reglamento (CE) n.º 1223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, sobre los productos cosméticos (DO 2009 L 342, p. 59).