Language of document : ECLI:EU:T:2009:481





Sentencia del Tribunal General (Sala Séptima) de 3 de diciembre de 2009 — Iranian Tobacco/OAMI — AD Bulgartabac (Bahman)

(Asunto T‑223/08)

«Marca comunitaria — Procedimiento de caducidad — Marca comunitaria figurativa Bahman — No exigencia de un interés en ejercitar la acción — Artículo 55, apartado 1, letra a), del Reglamento (CE) nº 40/94 [actualmente artículo 56, apartado 1, letra a), del Reglamento (CE) nº 207/2009]»

Marca comunitaria — Renuncia, caducidad y nulidad — Solicitud de caducidad — Admisibilidad — Requisitos — Interés en ejercitar la acción [Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, art. 55, ap. 1, letra a)] (apartados 18 a 23)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la OAMI de 10 de abril de 2008 (asunto R 709/2007-1) relativa a un procedimiento de caducidad entre AD Bulgartabac Holding Sofia e Iranian Tobacco Co.

Datos relativos al asunto

Marca comunitaria registrada, respecto a la que se presentó una solicitud de caducidad:

Marca figurativa «Bahman» para productos de la clase 34 (Marca comunitaria nº 427.336)

Titular de la marca comunitaria:

Iranian Tobacco Co.

Parte que solicita la caducidad de la marca comunitaria:

AD Bulgartabac Holding Sofia

Resolución de la División de Anulación:

Declaración de caducidad de la marca comunitaria de que se trata

Resolución de la Sala de Recurso:

Desestimación del recurso de la demandante


Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Iranian Tobacco Co.