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Recurso interpuesto el 9 de marzo de 2011 - Consorzio vino Chianti Classico/OAMI (Emblema con el dibujo de un gallo)

(Asunto T-143/11)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés

Partes

Demandante: Consorzio vino Chianti Classico (Radda in Chianti, Italia) (representantes: S. Corona y G. Ciccone, abogados)

Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Federación Francesa de Rugby (París)

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos), de 10 de enero de 2011 dictada en el asunto R 43/2010-4 y que deniegue la solicitud de registro de marca comunitaria nº 5713888 a partir de la fecha en que se formuló oposición.

Con carácter subsidiario, que modifique la citada resolución y que deniegue la solicitud de registro del signo controvertido para vinos de la clase 33.

Que se condene a la otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso a pagar sus propias costas y las de la demandante, así como las derivadas de los procedimientos sustanciados ante la División de Oposición y la Sala de Recurso.

Motivos y principales alegaciones

Solicitante de la marca comunitaria: La otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso

Marca comunitaria solicitada: La marca figurativa "F.F.R." que responde a la descripción "naranja-amarillo: PMS referencia 1235C; oro: PMS referencia 145C; rojo: PMS referencia 1795C", para bienes de la clase 33 - Solicitud de marca comunitaria nº 5713888

Titular de la marca o del signo invocado en el procedimiento de oposición: La demandante

Marca o signo invocado: Solicitud de registro como marca italiana nº FI2007C00984 de la marca figurativa (colectiva) "CONSORZIO VINO CHIANTI CLASSICO - CHIANTI CLASSICO" para bienes de la clase 33; registro como marca colectiva italiana nº 856049 de la marca figurativa "CHIANTI CLASSICO - CONSORZIO DEL MARCHIO STORICO", para bienes de la clase 33; registro como marca colectiva italiana nº 856219 de la marca figurativa "CHIANTI CLASSICO - CHIANTI CLASSICO - CONSORZIO", para bienes de la clase 33; registro como marca colectiva italiana nº 1006311 de la marca figurativa "CHIANTI CLASSICO - SINCE 1716", para bienes de la clase 33; registro como marca colectiva italiana nº 856048 de la marca figurativa "CHIANTI CLASSICO - CONSORZIO DEL MARCHIO STORICO", para bienes de la clase 33; registro como marca del Reino Unido nº 1215633 de la marca figurativa "CONSORTIO VINO CHIANTI CLASSICO", para bienes de la clase 33; marca notoria alemana y francesa "CHIANTI CLASSICO - CONSORZIO VINO CHIANTI CLASSICO", para bienes de la clase 33; y marca no registrada usada en el comercio en Alemania y Francia "CHIANTI CLASSICO - CONSORZIO VINO CHIANTI CLASSICO", para bienes de la clase 33

Resolución de la División de Oposición: Estimar la oposición

Resolución de la Sala de Recurso: Anular la Resolución de la División de Oposición y desestimar la oposición en su totalidad

Motivos invocados: Infracción de los artículos 8, apartado 1, letra b), y 8, apartado 5, del Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, en la medida en que la Sala de Recurso: 1) estimó incorrectamente que no había riesgo de confusión entre el signo controvertido y las marcas de la demandante y no tuvo en cuenta adecuadamente el fuerte carácter distintivo de las marcas de la demandante; 2) no tomó en consideración el perjuicio sufrido por las marcas de la demandante y la circunstancia de que el signo controvertido se aprovecharía indebidamente de éstas si se permitiera su registro, y 3) no tuvo en cuenta la especificidad del caso, que reside en la naturaleza de marca colectiva de la marca de la demandante, la cual desempeña una función institucional, que hace de ella uno de los símbolos del Estado.

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