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Comunicación al DO

 

Recurso interpuesto el 31 de enero de 2005 por Rijn Schelde Mondia France contra la Comisión de las Comunidades Europeas

(Asunto T-55/05)

(Lengua de procedimiento: francés)

En el Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas se ha presentado el 31 de enero de 2005 un recurso contra la Comisión de las Comunidades Europeas formulado por la sociedad Rijn Schelde Mondia France, con domicilio social en Rouen (Francia), representada por Me François Citron, abogado.

La parte demandante solicita al Tribunal de Primera Instancia que:

-    Estime que el escrito de 7 de octubre de 2004 enviado por la Comisión Europea a la direction générale des douanes (Dirección general de aduanas francesa), en relación con el expediente REM 2201, constituye una decisión de la Comisión Europea que perjudica a la sociedad Rijn Schelde Mondia France y que dicha decisión debe ser anulada.

-    Condene en costas a la Comisión.

Motivos y principales alegaciones

La parte demandante en el presente litigio se opone a la decisión contenida, según ella, en un escrito de la Comisión, de fecha 7 de octubre de 2004, que ésta envió a la direction générale des douanes.

La sociedad demandante recuerda, a este respecto, que solicitó de la administración de aduanas francesa, mediante escrito de 31 de octubre de 2000, la condonación de los derechos aduaneros que le habían sido notificados por la direction générale des douanes de Rouen y de Le Havre, que ascendían a un total de 962.058,64 euros. La administración francesa, a pesar de considerarse competente para resolver sobre la condonación de derechos solicitada, decidió remitir el expediente a la Comisión, con el objeto de que ésta se pronunciase "sobre el carácter manifiesto o no de la negligencia apreciada".

Mediante la decisión impugnada, la Comisión devolvió el expediente a las autoridades aduaneras francesas "para la tramitación por parte de sus servicios". No obstante, señaló a la administración francesa que consideraba que la demandante había incurrido en una negligencia manifiesta, recomendando al mismo tiempo que se le denegase la condonación de derechos.

En apoyo de sus pretensiones, la demandante alega:

La existencia en el presente caso de un exceso de poder, puesto que la Comisión, a pesar de declararse incompetente para resolver sobre la solicitud de condonación de derechos, manifestó en cualquier caso su opinión en cuanto al supuesto carácter manifiesto de la negligencia imputada.

El hecho de que la Comisión no adoptase su decisión dentro del plazo de nueve meses previsto por el artículo 907, párrafo segundo, del Reglamento de aplicación del Código Aduanero Comunitario.

El incumplimiento de la obligación de motivación de los actos.

La existencia en el presente caso de una desviación de poder, dado que la Comisión adoptó la decisión de declararse incompetente tres años después de que la administración francesa le hubiese remitido el expediente y, además, sin haber tenido en cuenta la alegación de incompetencia inicialmente planteada por la propia demandante ante las autoridades aduaneras francesas.

Por último, la demandante reprocha a la Comisión haber incurrido en un error evidente en la apreciación en este asunto de los elementos constitutivos de una negligencia manifiesta.

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