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Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesgerichtshof (Alemania) el 7 de septiembre de 2022 — Proceso penal contra MV

(Asunto C-583/22 PPU)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Bundesgerichtshof

Partes en el proceso principal

MV

con intervención de: Generalbundesanwalt beim Bundesgerichtshof

Cuestiones prejudiciales

Habida cuenta del principio de igualdad de trato que se deriva del artículo 3, apartado 1, de la Decisión Marco 2008/675/JAI 1 y a la luz del artículo 3, apartado 5, de esa misma Decisión Marco, en el caso de que exista, en principio, una situación que permita conformar una pena global acumulando las condenas recaídas en Alemania y en otros países de la UE, ¿puede imponerse una pena por el delito cometido en el territorio nacional también en el supuesto de que la consideración ficticia de la pena impuesta en otro país de la UE haga que se supere la duración máxima admitida por el Derecho alemán para una pena global en el caso de las penas privativas de libertad de duración limitada?

En caso de respuesta afirmativa a la primera cuestión prejudicial:

La consideración de la pena impuesta en otro país de la UE, prevista en el artículo 3, apartado 5, párrafo segundo, de la Decisión Marco 2008/675/JAI, ¿debe llevarse a cabo de modo que la desventaja resultante de la imposibilidad de proceder a una conformación ex post de la pena global ―conforme a los principios de la acumulación de penas establecidos en Derecho alemán― debe especificarse y justificarse en concreto a la hora de determinar la pena por el delito cometido en el territorio nacional?

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1 Decisión Marco del Consejo de 24 de julio de 2008 relativa a la consideración de las resoluciones condenatorias entre los Estados miembros de la Unión Europea con motivo de un nuevo proceso penal (DO 2008, L 220, p. 32).