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Comunicación al DO

 

Recurso interpuesto el 29 de julio de 2004 contra la Comisión de las Comunidades Europeas por European Dynamics SA

(Asunto T-303/04)

(Lengua de procedimiento: inglés)

En el Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas se ha presentado el 29 de julio de 2004 un recurso contra la Comisión de las Comunidades Europeas formulado por European Dynamics SA, representada por el Sr. S. Pappas, abogado, que designa domicilio en Luxemburgo.

La parte demandante solicita al Tribunal de Primera Instancia que:

-    Anule el anuncio de contratación 2003/S249-221337 ESP-DIMA de la Comisión.

-    Anule la licitación PO/2003/192 (ESP-DIMA) de la Comisión.

-    Anule la Decisión de la Comisión de 4 de junio de 2004 que situó la oferta del consorcio European Dynamics sólo en segundo lugar tras el adjudicatario.

-    Anule la Decisión de la Comisión de 14 de julio de 2004 por la que se desestimó la reclamación de la demandante contra la adjudicación de la licitación.

-    Condene a la Comisión a pagar los honorarios de abogado y demás costas y gastos de European Dynamics relativos al presente recurso.

Motivos y principales alegaciones

La demandante forma parte de un consorcio que era el adjudicatario de una licitación para la prestación de servicios para ESP Lote 5, aplicaciones de red. ESP Lote 4, aplicaciones de gestión de datos/información, se adjudicó a otro consorcio.

Según la demandante, la licitación impugnada en el presente recurso, ESP-DIMA, se basó en la suposición errónea de que la prestación de servicios para la gestión de datos e información constituye un nuevo contrato y que el uso de ESP Lote 4 había sobrepasado todas las expectativas. La demandante alega que la Comisión atribuyó erróneamente trabajo a ESP Lote 4 que, en su opinión, correspondía en realidad a ESP Lote 5. La demandante sostiene que, en consecuencia, la Comisión tuvo que aumentar el presupuesto previsto para ESP Lote 4 y convocar una nueva licitación ESP-DIMA mientras que el presupuesto utilizado para ESP Lote 5 permanecía por debajo de lo dispuesto.

La demandante alega asimismo que la Comisión incurrió en un vicio sustancial de forma en la medida en que al menos un miembro del comité de evaluación de la licitación controvertida tenía un conflicto de intereses con la demandante.

Por último, la demandante afirma que su clasificación en segundo lugar en la licitación para ESP-DIMA no está suficientemente justificada. La demandante alega también que la Comisión se negó a facilitar información relativa al informe de evaluación.

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