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Sentencia del Tribunal General de 25 de noviembre de 2015 — Jaguar Land Rover/OAMI (Forma de un coche)

(Asunto T-629/14) 1

[«Marca comunitaria — Solicitud de marca comunitaria tridimensional — Forma de un coche — Motivo de denegación absoluto — Falta de carácter distintivo — Artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 207/2009»]

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Jaguar Land Rover Ltd (Coventry, Reino Unido) (representantes: F. Delord y R. Grewal, Solicitors)

Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (representante: I. Harrington, agente)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI de 24 de abril de 2014 (asunto R 1622/2013-2) relativa a una solicitud de registro de un signo tridimensional constituido por la forma de un coche como marca comunitaria.

Fallo

Anular la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI) de 24 de abril de 2014 (asunto R 1622/2013-2) en cuanto rechazó el registro de la marca solicitada por lo que se refiere a «vehículos de locomoción terrestre o aérea» de la clase 12.

Desestimar el recurso en todo lo demás.

Jaguar Land Rover Ltd cargará con sus propias costas y con nueve décimas partes de las costas de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI).

La OAMI cargará con una décima parte de sus propias costas.

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1     DO C 361, de 13.10.2014.