Sentencia del Tribunal General (Sala Octava) de 6 de diciembre de 2013 —
Banco Bilbao Vizcaya Argentaria/OAMI (VALORES DE FUTURO)
(Asunto T‑428/12)
«Marca comunitaria — Solicitud de marca comunitaria denominativa VALORES DE FUTURO — Motivo de denegación absoluto — Falta de carácter distintivo — Carácter descriptivo — Artículo 7, apartado 1, letras b) y c), del Reglamento (CE) nº 207/2009»
1. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto — Concepto [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra c)] (véanse los apartados 17 y 18)
2. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto — Objetivo — Imperativo de disponibilidad [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra c)] (véase el apartado 19)
3. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas carentes de carácter distintivo — Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un servicio — Marca denominativa VALORES DE FUTURO [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 1, letras b) y c)] (véanse los apartados 23, 24, 27 a 33, 50 y 53 a 55)
4. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas carentes de carácter distintivo — Marcas constituidas por eslóganes publicitarios — Fórmula promocional de carácter elogioso [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 44 a 46)
Objeto
| Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI de 4 de julio de 2012 (asunto R 2299/2011-2) relativa a una solicitud de registro del signo denominativo VALORES DE FUTURO como marca comunitaria. |
Fallo
2) | | Condenar en costas a Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. |