Language of document : ECLI:EU:T:2021:919


 


 



Sentencia del Tribunal General (Sala Segunda) de 21 de diciembre de 2021 — Worldwide Spirits Supply/EUIPO — Melfinco (CLEOPATRA QUEEN)

(Asunto T870/19) (1)

«Marca de la Unión Europea — Procedimiento de nulidad — Marca figurativa de la Unión CLEOPATRA QUEEN — Marca nacional denominativa anterior CLEOPATRA MELFINCO — Artículos 15 y 57 del Reglamento (CE) n.º 207/2009 [actualmente artículos 18 y 64 del Reglamento (UE) 2017/1001] — Prueba del uso efectivo de la marca anterior — Declaración de nulidad»

1.      Marca de la Unión Europea — Renuncia, caducidad y nulidad — Examen de la solicitud — Solicitud de nulidad presentada durante el período quinquenal posterior al registro de la marca anterior — Necesidad de demostrar el uso de la marca anterior — Inexistencia

[Reglamento (CE) n.º 207/2009 del Consejo, arts. 9, ap. 1, 15, ap. 1, 42, ap. 2, 51, ap. 1, letra a) y 57, aps. 2 y 3]

(véanse los apartados 24, 26 a 30, 32 y 33)

2.      Marca de la Unión Europea — Renuncia, caducidad y nulidad — Causas de nulidad relativa — Existencia de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Coexistencia de marcas anteriores en el mercado — Relevancia

[Reglamento (CE) n.º 207/2009 del Consejo, art. 8. ap. 1, letra b)]

(véanse los apartados 40 y 42 a 44)

3.      Marca de la Unión Europea — Renuncia, caducidad y nulidad — Causas de nulidad relativa — Existencia de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Marcas figurativa CLEOPATRA QUEEN y denominativa CLEOPATRA MELFINCO

[Reglamento (CE) n.º 207/2009 del Consejo, art. 8. ap. 1, letra b)]

(véanse los apartados 45 y 46)

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Worldwide Spirits Supply, Inc. cargará con sus propias costas y con las de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO).

3)

Melfinco S.A. cargará con sus propias costas.


1 DO C 77 de 9.3.2020.