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Recurso interpuesto el 26 de noviembre de 2013 – Romonta/Comisión

(Asunto T-614/13)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Demandante: Romonta GmbH (Seegebiet Mansfelder Land, Alemania) (representantes: I. Zenke, M. Vollmer, C. Telschow y A. Schulze, abogados)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la Decisión 2013/448/UE de la Comisión, de 5 de septiembre de 2013, relativa a las medidas nacionales de aplicación para la asignación gratuita transitoria de derechos de emisión de gases de efecto invernadero con arreglo al artículo 11, apartado 3, de la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, en la medida en que en su artículo 1, apartado 1, se rechaza la asignación a la demandante de derechos de emisión al amparo de la cláusula de rigor excesivo, para el tercer período de negociación de derechos de emisión comprendido entre 2013 y 2020, con arreglo al artículo 9, apartado 5, de la Ley alemana sobre el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.

Condene en costas a la demandada.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca tres motivos.

Primer motivo, basado en la violación del principio de proporcionalidad

Según la demandante, la Decisión impugnada vulnera el principio de proporcionalidad, en la medida en que la prohibición de asignación de derechos de emisión al amparo de la cláusula de rigor excesivo, a la vista del objetivo formulado por la demandada, adolece de un error y es además totalmente desproporcionada con respecto al perjuicio que para la demandante se deriva de ella. Subsidiariamente, se alega dentro de este motivo que la Decisión 2011/278/EU 1 es contraria al Derecho de la Unión y nula.

Segundo motivo, basado en la violación del principio de subsidiariedad

En el marco de este motivo, la demandante alega que la Decisión impugnada vulnera el principio de subsidiariedad, a cuyo tenor la actuación de la Unión Europea debe limitarse a lo necesario. Señala que, contrariamente a lo que afirma la demandada, los Estados miembros conservan un derecho (si bien limitado) a adoptar normas de asignación. Según la demandante, las cláusulas de rigor excesivo, como la del artículo 9, apartado 5, de la Ley alemana sobre el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, están comprendidas entre las normas para cuya adopción los Estados miembros conservan competencia.

Tercer motivo, basado en la vulneración de derechos fundamentales.

En este punto, la demandante expone que la Decisión impugnada vulnera sus derechos fundamentales a la libertad de empresa, a la libre elección de profesión u oficio y a la propiedad, sin que esa vulneración esté justificada por ninguno de los objetivos de interés general reconocidos por la Unión Europea ni por la protección de los derechos y libertades de terceros.

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1 Decisión de la Comisión, de 27 de abril de 2011, por la que se determinan las normas transitorias de la Unión para la armonización de la asignación gratuita de derechos de emisión con arreglo al artículo 10 bis de la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo [notificada con el número C(2011) 2772] (DO L 130, p. 1).