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Sentencia del Tribunal General de 12 de julio de 2018 — Nexans France y Nexans/Comisión

(Asunto T-449/14) 1

(«Competencia — Prácticas colusorias — Mercado europeo de los cables de energía — Decisión por la que se declara la existencia de una infracción del artículo 101 TFUE — Infracción única y continuada — Ilegalidad de la decisión de inspección — Plazo razonable — Principio de buena administración — Principio de responsabilidad personal — Responsabilidad solidaria de pago de la multa — Prueba suficiente de la infracción — Duración de la infracción — Multas — Proporcionalidad — Igualdad de trato — Competencia jurisdiccional plena»)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: Nexans France SAS (Courbevoie, Francia) y Nexans SA (Courbevoie) (representantes: G. Forwood, abogada, M. Powell, A. Rogers y A. Oh, Solicitors)

Demandada: Comisión Europea (representantes: inicialmente C. Giolito, H. van Vliet y A. Biolan, posteriormente C. Giolito y H. van Vliet, agentes, asistidos por B. Doherty, Barrister)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE, por el que se solicita, por un lado, la anulación de la Decisión C(2014) 2139 final de la Comisión, de 2 de abril de 2014, relativa a un procedimiento en virtud del artículo 101 [TFUE] y del artículo 53 [d]el Acuerdo EEE (Asunto AT.39610 — Cables de energía), en cuanto se refiere a las demandantes, y, por otro lado, la reducción del importe de las multas impuestas a estas.

Fallo

Desestimar el recurso.

Condenar en costas a Nexans France SAS y a Nexans SA.

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1 DO C 282 de 25.8.2014.