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Comunicación al DO

 

Recurso interpuesto el 1 de marzo de 2004 contra el Parlamento Europeo por Milagros Irene Arranz Benítez

(Asunto T-87/04)

(Lengua de procedimiento: francés)

En el Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas se ha presentado el 1 de marzo de 2004 un recurso contra el Parlamento Europeo formulado por Milagros Irene Arranz Benítez, con domicilio en Bruselas, representada por Mes Sébastien Orlandi, Albert Coolen, Jean-Noël Louis y Etienne Marchal, abogados, que designa domicilio en Luxemburgo.

La parte demandante solicita al Tribunal de Primera Instancia que:

Anule la decisión del jefe del servicio "Derechos individuales" del Parlamento Europeo de fecha 15 de abril de 2003.

Condene en costas al Parlamento Europeo.

Motivos y principales alegaciones

Mediante el acto impugnado, el Parlamento decidió tomar en consideración, a efectos del cálculo de la deducción fiscal prevista en el artículo 3 del Reglamento 260/68 1 y de la indemnización por expatriación adeudada a la demandante, únicamente dos de los cuatro hijos de ésta, basándose en que la manutención efectiva de los hijos la compartían la demandante y su antiguo cónyuge, que también es funcionario y tiene derecho a los mismos beneficios. La demandante impugna dicha decisión alegando que asume sola la manutención efectiva de los hijos, dado que la contribución mensual abonada por su antiguo cónyuge por cada hijo es inferior al umbral previsto por las conclusiones de la junta de jefes de administración nº 188/89 y no es, en cualquier caso, de tal importancia que pueda considerarse que los hijos están a cargo de su padre, habida cuenta del grado de este último y de su destino fuera de las Comunidades.

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1 - Reglamento (CEE, Euratom, CECA) nº 260/68 del Consejo, de 29 de febrero de 1968, por el que se fijan las condiciones y el procedimiento de aplicación del impuesto establecido en beneficio de las Comunidades Europeas. Diario oficial nº L 56, de 4.3.1968, p. 8.