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Recurso interpuesto el 12 de mayo de 2006 - Francia/Comisión

(Asunto T-139/06)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: República Francesa (París, Francia) (representantes: E. Belliard, G. de Bergues y S. Gasri, agentes)

Demandada: Comisión de las Comunidades Europeas

Pretensiones de la parte demandante

Que, con carácter principal, se anule la Decisión controvertida por falta de competencia de la Comisión.

Que, con carácter subsidiario, se anule la Decisión controvertida por irregularidad de procedimiento debido a la violación de los derechos de defensa.

Que, con carácter más subsidiario, se anule la Decisión controvertida, en la medida en que efectúa una valoración equivocada de las medidas adoptadas por Francia para cumplir en su totalidad la sentencia de 12 de julio de 2005.

Que, con carácter aún más subsidiario, se anule la Decisión controvertida, en la medida en que hubiera debido imponer una sanción de cuantía inferior.

Que, con carácter totalmente subsidiario, se reduzca la cuantía de la sanción.

Que se condene en costas a la Comisión o, en el caso de que el Tribunal de Primera Instancia reduzca la cuantía de la sanción, condene a cada una de las partes a pagar sus propias costas.

Motivos y principales alegaciones

Mediante sentencia de 11 de junio de 1991, 1 el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas declaró que la demandante incumplió las obligaciones que incumben a los Estados miembros en virtud de la legislación comunitaria en materia de política pesquera. Ante la falta de ejecución de esta sentencia, la Comisión interpuso ante el Tribunal de Justicia un recurso al amparo del artículo 228 CE y, mediante sentencia de 12 de julio de 2005, 2 se condenó a la demandante a pagar a la Comisión una sanción por cada período de seis meses a contar desde el pronunciamiento de la sentencia, así como una cantidad a tanto alzado. A consecuencia de esta sentencia, la Comisión efectuó un examen del estado de ejecución por la demandante de la sentencia del Tribunal de Justicia de 11 de junio de 1991 y, al comprobar que no la había ejecutado completamente, le dirigió una Decisión para solicitarle el pago de las sanciones pecuniarias que el Tribunal de Justicia le impuso en la sentencia de 12 de julio de 2005. Ésta es la Decisión impugnada.

La demandante invoca varios motivos en apoyo de su recurso.

Con carácter principal, manifiesta que la decisión controvertida debe anularse por falta de competencia de la Comisión puesto que, a su juicio, ésta no puede adoptar una decisión que exige a un Estado miembro el pago de una sanción impuesta por el Tribunal de Justicia en el marco del artículo 228 CE. Considera que, en virtud del artículo 228, el Tribunal de Justicia es el único competente para exigir dicho pago, en la medida en que esto implica la comprobación previa de que el incumplimiento persiste.

Con carácter subsidiario, la demandante invoca que el procedimiento de toma de decisión seguido por la Comisión es irregular debido a que se violaron los derechos de defensa, dado que las autoridades francesas no tuvieron la posibilidad de presentar sus observaciones en tiempo útil antes de la adopción de la decisión controvertida.

Con carácter más subsidiario, la demandante invoca un motivo basado en la valoración errónea de las medidas que adoptó Francia para ejecutar en su totalidad la sentencia del Tribunal de Justicia.

Con carácter aún más subsidiario, la demandante declara que, habida cuenta de las medidas de ejecución que aplicó desde la sentencia del Tribunal de Justicia, la Comisión hubiera debido fijar la cuantía de la multa en un nivel inferior.

Finalmente, con carácter totalmente subsidiario, la demandante estima que, en el caso de que el Tribunal de Primera Instancia considere que la Comisión no puede disminuir por sí misma la cuantía de la sanción impuesta en la sentencia del Tribunal de Justicia, le incumbe hacerlo al Tribunal de Primera Instancia en el marco de su competencia de plena jurisdicción.

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1 - Comisión/Francia (C-64/88, Rec. p. I-2727).

2 - Comisión/Francia (C-304/02, Rec. p. I-6263).