Language of document :

Recurso interpuesto el 30 de septiembre de 2013 – Kenzo/OAMI Tsujimoto (KENZO ESTATE)

(Asunto T-528/13)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés

Partes

Demandante: Kenzo (París, Francia) (representantes: P. Roncaglia, G. Lazzeretti, F. Rossi y N. Parrotta, abogados)

Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la OAMI: Kenzo Tsujimoto (Osaka, Japón)

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada en la medida en que aceptó el registro internacional nº 1.016.724, que designa a la Unión Europea, para la marca «Kenzo Estate», respecto de: «Aceite de oliva (comestible); aceite de pepitas de uva (comestible); aceites y grasas comestibles; pasas (uvas); verduras procesadas y frutas tratadas; verduras congeladas; frutas congeladas; legumbres sin procesar; productos cárnicos elaborados; marisco procesado» de la clase 29; «Productos de confitería, panes y bollos; vinagre de vino; aderezo de aceituna; condimentos que no sean especias; especias; bocadillos y sándwiches; pizza; perritos calientes (sándwiches); pasteles de carne (empanadas de carne); ravioles» de la clase 30; y «Uvas frescas; aceitunas frescas; frutas frescas; verduras, hortalizas y legumbres frescas; semillas y bulbos» de la clase 31.

Condene a la OAMI a cargar con las costas causadas por la parte demandante en el presente procedimiento.

Condene a Kenzo Tsujimoto a cargar con las costas causadas por la parte demandante en el procedimiento administrativo.

Motivos y principales alegaciones

Solicitante de la marca comunitaria: La otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso

Marca comunitaria solicitada: La marca denominativa «KENZO ESTATE» para productos y servicios de las clases 29, 30, 31, 35, 41 y 43 – Registro internacional nº W 1.016.724

Titular de la marca o del signo invocado en el procedimiento de oposición: La parte demandante

Marca o signo invocado: La marca comunitaria «KENZO» para productos de las clases 3, 18 y 25

Resolución de la División de Oposición: Desestimación de la oposición

Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación parcial del recurso

Motivos invocados: Infracción del artículo 8, apartado 5, del Reglamento nº 207/2009 del Consejo.