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Recurso interpuesto el 11 de abril de 2012 - Ternavsky/Consejo

(Asunto T-163/12)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Anatoly Ternavsky (Moscú, Rusia) (representantes: C. Rapin y E. Van den Haute, abogados)

Demandada: Consejo de la Unión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Declare la admisibilidad del presente recurso.

Anule el apartado 2 del anexo II de la Decisión de Ejecución 2012/171/PESC del Consejo, de 23 de marzo de 2012, por la que se aplica la Decisión 2010/639/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Belarús, y el apartado 2 del anexo II del Reglamento de Ejecución (UE) nº 265/2012 del Consejo, de 23 de marzo de 2012, por el que se aplica el artículo 8 bis, apartado 1, del Reglamento (CE) nº 765/2006 relativo a la adopción de medidas restrictivas con respecto a Belarús.

Condene en costas al Consejo.

En el supuesto de que el Tribunal decidiese sobreseer el asunto, condene en costas al Consejo conforme a lo dispuesto en el artículo 87, apartado 6, en relación con el artículo 90, letra a), del Reglamento de Procedimiento del Tribunal.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca tres motivos.

1)    Primer motivo, basado en la determinación manifiestamente errónea de los hechos en lo que respecta a las razones que llevaron a la inclusión de la parte demandante en la lista de las personas sancionadas que se indican en los actos del Consejo.

2)    Segundo motivo, basado en la motivación insuficiente de los actos impugnados, en la medida en que las razones aducidas no son de utilidad para comprender la necesidad de dicha inclusión.

3)    Tercer motivo, basado en una infracción de la Decisión 2010/639/PESC y del Reglamento (CE) nº 765/2006, en sus versiones modificadas, y una vulneración del principio de no discriminación, por una parte, al haber extendido el ámbito de aplicación de dichos actos a un hombre de negocios sin demostrar actuaciones de apoyo al régimen del Presidente Lukashenko que se le puedan imputar y, por otra parte, por cuanto otros hombres de negocios, que el Consejo consideró también próximos al poder bielorruso, no se incluyeron en las listas de sanciones de la UE, a diferencia de la parte demandante.

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