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Comunicación al DO

 

AUTO DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA

de 10 de enero de 2005

en el asunto T-209/04: Reino de España contra Comisión de las Comunidades Europeas 1

("Política de pesca - Modalidades y condiciones de las intervenciones con finalidad estructural de la Comunidad en el sector de la pesca - Solicitud de autorización para la constitución de sociedades mixtas - Falta de respuesta de la Comisión - Recurso por omisión - Recurso manifiestamente infundado")

(Lengua de procedimiento: español)

En el asunto T-209/04, Reino de España, representado por la Sra. N. Díaz Abad, Abogado del Estado, que designa domicilio en Luxemburgo, contra Comisión de las Comunidades Europeas (agentes: Sr. T. van Rijn y Sra. S. Pardo Quintillán), que tiene por objeto un recurso por omisión por el que se solicita que se declare que la Comisión se ha abstenido ilegalmente de pronunciarse sobre las autorizaciones solicitadas por las autoridades españolas para la constitución de sociedades mixtas, conforme al Reglamento (CE) nº 2792/1999 del Consejo, de 17 de diciembre de 1999, por el que se definen las modalidades y condiciones de las intervenciones con finalidad estructural en el sector de la pesca (DO L 337, p. 10), en su versión modificada por el Reglamento (CE) nº 2369/2002 del Consejo, de 20 de diciembre de 2002 (DO L 358, p. 49), el Tribunal de Primera Instancia (Sala Tercera), integrado por el Sr. M. Jaeger, Presidente, y el Sr. J. Azizi y la Sra. E. Cremona, Jueces; Secretario: Sr. H. Jung, ha dictado el 10 de enero de 2005 un auto en el que se resuelve lo siguiente:

1)    Desestimar el recurso por lo que respecta a las solicitudes relativas a los buques "Balcagia" y "Enterprace".

2)    Sobreseer el recurso en todo lo demás.

3)    Condenar en costas al demandante.

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1 - DO C 201, de 7.8.2004.