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Recurso interpuesto el 29 de diciembre de 2020 — Stockdale/Consejo y otros

(Asunto T-776/20)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Robert Stockdale (Bristol, Reino Unido) (representante: N. de Montigny, abogada)

Demandadas: Consejo de la Unión Europea, Comisión Europea, Servicio Europeo de Acción Exterior, Representante Especial de la Unión Europea en Bosnia y Herzegovina

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General:

Con carácter principal, que:

En cuanto a la decisión de despido, declare esta ilegal.

En cuanto a los derechos que se derivan del contrato de Derecho privado:

Recalifique la relación contractual como contrato de trabajo de duración indefinida.

Declare que el demandante sufrió un trato discriminatorio en relación con el motivo de despido invocado y condene a las partes demandadas al pago de 10 000 euros en concepto de reparación del daño psicológico que le causó tal discriminación, evaluado ex aequo et bono.

Declare que las partes demandadas incumplieron sus obligaciones contractuales y, en particular, la de comunicar válidamente el preaviso de la extinción de un contrato de duración indefinida.

Declare que el demandante sufrió un trato desigual e ilegal y, en consecuencia, condene a las partes demandadas a reintegrarle o, subsidiariamente, pagarle una indemnización evaluada sobre la base de las pérdidas que se le produjeron por la finalización anticipada del contrato de trabajo.

Condene, por consiguiente, a las partes demandadas a pagar al demandante una indemnización por despido improcedente (unfair dismissal), cuyo importe deberá establecerse posteriormente y que provisionalmente se fija, ex aequo et bono, en 393 850,08 euros.

Condene a las partes demandadas al pago de los intereses correspondientes a los referidos importes.

En cuanto a los demás derechos, fundados en el trato discriminatorio del demandante respecto de los otros agentes de la Unión Europea:

Declare que el demandante debería haber sido contratado como agente temporal de una de las tres primeras demandadas, y que las tres primeras partes demandadas trataron al demandante de manera discriminatoria, sin justificación objetiva, en lo que respecta a su remuneración, a sus derechos de pensión y a las correspondientes ventajas, así como a la garantía de un empleo posterior.

Condene a las tres primeras partes demandadas a indemnizar al demandante por la pérdida de remuneraciones, de pensión y de compensaciones y ventajas ocasionada por las infracciones del Derecho comunitario denunciadas en el presente recurso.

Condene a las tres primeras partes demandadas a pagarle los intereses correspondientes a dichos importes.

Señale a las partes un plazo para fijar la referida indemnización teniendo en cuenta el grado y escalón que debería haberse asignado al demandante al inicio de sus funciones, la progresión media de la remuneración, la evolución de su carrera y los complementos que debería haber percibido en virtud de dichos contratos de agente temporal, y compare los resultados obtenidos con la remuneración percibida efectivamente por el demandante.

Condene en costas a las partes demandadas.

Con carácter subsidiario, que:

Condene a las instituciones a indemnizarle por responsabilidad extracontractual derivada de la conculcación de sus derechos fundamentales, hasta un importe que se fija provisionalmente, ex aequo et bono, en 400 000 euros.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, el demandante invoca tres motivos.

Primer motivo, basado en la responsabilidad contractual y extracontractual de las partes demandadas, generada por:

La infracción del Derecho material aplicable al contrato del demandante.

La discriminación de la decisión de despedirle basada en su nacionalidad, y la desigualdad de trato en el procedimiento de despido por su condición de británico en el seno de la Unión Europea, así como la violación del derecho a ser oído.

El encadenamiento abusivo de contratos de duración determinada y la vulneración del principio de proporcionalidad, así como de los principios de igualdad de trato y de no discriminación.

La inseguridad jurídica y la violación del derecho a una buena administración, la infracción del Código Europeo de Buena Conducta Administrativa y la violación del derecho a la libre circulación de trabajadores.

Segundo motivo, basado en la ilegalidad de la decisión de despedir al demandante. Este motivo se divide de dos partes.

En la primera parte, se alega infracción del Derecho aplicable a su contrato de trabajo (calificación del contrato, normas en materia de despido, desigualdad de trato respecto de los demás agentes británicos que trabajan para la Unión, etc.). Con carácter subsidiario, el demandante señala que los mismos principios, consagrados por los instrumentos jurídicos europeos, son aplicables para llegar a los mismos resultados.

En la segunda parte se alega una discriminación entre los trabajadores de las instituciones, en particular con respecto a los derechos reconocidos a los agentes temporales (impago de complementos diversos, cotización a fondos de pensiones, reembolso de gastos, etc.).

Tercer motivo, basado en la existencia de una responsabilidad extracontractual de las instituciones de la Unión Europea, planteada por el demandante en caso de que sus pretensiones relativas a la responsabilidad contractual de las partes demandadas sean consideradas inadmisibles o infundadas.

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