Language of document : ECLI:EU:T:2014:795





Auto del Tribunal General (Sala Sexta) de 16 de septiembre de 2014 — Kyocera Mita Europe/Comisión

(Asunto T‑35/11)

«Recurso de anulación — Unión aduanera — Arancel Aduanero Común — Nomenclatura Arancelaria y Estadística — Clasificación en la Nomenclatura Combinada — Subpartidas arancelarias — Derechos de aduana aplicables a las mercancías clasificadas en esas subpartidas arancelarias — Acto reglamentario que implica medidas de ejecución — Inadmisibilidad»

Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Concepto de acto reglamentario en el sentido del artículo 263 TFUE, párrafo cuarto — Todo acto de alcance general a excepción de los actos legislativos — Reglamento sobre la Nomenclatura Combinada — Inclusión — Acto que implica medidas de ejecución en el sentido de la citada disposición del Tratado — Existencia de recursos internos contra dichas medidas — Inadmisibilidad del recurso de anulación [Art. 263 TFUE, párr. 4; Reglamento (UE) nº 861/2010 de la Comisión, anexo] (véanse los apartados 33 a 39, 47, 48, 50, 51 y 55)

Objeto

Pretensión de anulación parcial del anexo del Reglamento (UE) nº 861/2010 de la Comisión, de 5 de octubre de 2010, por el que se modifica el anexo I del Reglamento (CEE) nº 2658/87 del Consejo, relativo a la Nomenclatura Arancelaria y Estadística y al Arancel Aduanero Común (DO L 284, p. 1).

Fallo

1)

Declarar la inadmisibilidad del recurso.

2)

No procede pronunciarse sobre las demandas de intervención presentadas por Konica Minolta Business Solutions Europe GmbH y Olivetti SpA.

3)

Condenar a Kyocera Mita Europe BV a cargar con sus propias costas y con las de la Comisión Europea.