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Recurso interpuesto el 3 de diciembre de 2013 – Rogesa/Comisión Europea

(Asunto T-643/13)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Demandante: Rogesa Roheisengesellschaft Saar mbH (Dillingen, Alemania) (representantes: S. Altenschmidt y P. Schütter, abogados)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la Decisión de la Comisión de 25 de septiembre de 2013 (N. Exp. GestDem Nr. 2013/1504).

Condene en costas a la Comisión.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca los siguientes motivos.

Primer motivo, basado en el derecho a acceder a los documentos controvertidos e inexistencia de motivos de exclusión con arreglo al artículo 4 del Reglamento (CE) nº 1049/2001 1

La demandante alega que la Decisión impugnada infringe el artículo 3, primera frase, del Reglamento nº 1367/2006 2 en relación con el artículo 2, apartado 1, del Reglamento nº 1049/2001, puesto que tenía derecho a acceder a los documentos solicitados y no existía ningún motivo para negarle dicho acceso.

La demandante alega que los documentos solicitados no contenían informaciones sensibles en el sentido del artículo 4, apartado 2, primer guión, del Reglamento nº 1049/2001 y, en cualquier caso, predominaba el interés público en la divulgación de los documentos.

La demandante alega, además, que el motivo de denegación de acceso contemplado en el artículo 4, apartado 3, del Reglamento nº 1049/2001 no es aplicable al caso de autos puesto que el procedimiento decisorio que invoca la Comisión había concluido en el momento de adoptarse la Decisión controvertida. La correspondiente Decisión de la Comisión (2013/448/UE) ya se había adoptado el 5 de septiembre de 2013.

La demandante añade que la Comisión debería haber autorizado, en cualquier caso, un acceso parcial, eventualmente haciendo ilegibles los elementos que pudieran permitir la identificación. Por consiguiente, la Decisión de la Comisión también infringe el artículo 4, apartado 6, del Reglamento nº 1049/2001 y el principio de proporcionalidad con arreglo al artículo 5 TUE, apartado 4.

Segundo motivo, basado en vicios del procedimiento

La demandante alega la infracción del artículo 8 del Reglamento nº 1049/2001, puesto que la comisión no respetó los plazos señalados en dicha disposición.

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1 Reglamento (CE) nº 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión (DO L 145, p. 43).

2 Reglamento (CE) nº 1367/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de septiembre de 2006, relativo a la aplicación, a las instituciones y a los organismos comunitarios, de las disposiciones del Convenio de Aarhus sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente (DO L 264, p. 13).