Sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) de 9 de abril de 2014 — Ferring/OAMI — Tillotts Pharma (OCTASA)
(Asunto T‑502/12)
«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria denominativa OCTASA — Marcas nacionales, del Benelux e internacionales denominativas anteriores PENTASA y OCTOSTIM — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 207/2009»
1. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Apreciación del riesgo de confusión — Criterios [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 23 a 25, 39 y 69)
2. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Apreciación del riesgo de confusión — Determinación del público pertinente — Nivel de atención del público — Productos farmacéuticos [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 26 a 28)
3. Marca comunitaria — Observaciones de terceros y oposición — Examen de la oposición — Prueba del uso de la marca anterior — Uso parcial — Relevancia — Concepto de «parte de los productos o de los servicios» a los que se refiere el registro [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 42, aps. 2 y 3] (véase el apartado 29)
4. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Marca denominativa OCTASA — Marcas denominativas PENTASA y OCTOSTIM [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 30, 36, 71 y 72)
Objeto
| Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 6 de septiembre de 2012 (asunto R 1216/2011-4) relativa a un procedimiento de oposición entre Ferring BV y Tillotts Pharma AG. |
Fallo
1) | | Anular la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI) de 6 de septiembre de 2012 (asunto R 1216/2011-4). |
2) | | La OAMI cargará con sus propias costas y con la mitad de las soportadas por Ferring BV. |
3) | | Tillotts Pharma AG cargará con sus propias costas y con la mitad de las soportadas por Ferring. |