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Comunicación al DO

 

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA

de 14 de abril de 2005

en el asunto T-141/03, Sniace, S.A. contra Comisión de las Comunidades Europeas 1

(Ayuda de Estado - Préstamo participativo - Interés en ejercitar la acción - Inadmisibilidad)

(Lengua de procedimiento: español)

En el asunto T-141/03, Sniace, S.A., con domicilio social en Madrid, representada por el Sr. J. Baró Fuentes, abogado, apoyada por Reino de España (agente: Sra. N. Díaz Abad, que designa domicilio en Luxemburgo), contra Comisión de las Comunidades Europeas (agentes: Sres. F. Santaolalla Gadea y J. Buendía Sierra), que designa domicilio en Luxemburgo, que tiene por objeto la anulación parcial de la Decisión 2003/284/CE de la Comisión, de 11 de diciembre de 2002, relativa a la ayuda estatal concedida por España en favor de Sniace, S.A. (DO 2003, L 108, p. 35), el Tribunal de Primera Instancia (Sala Tercera ampliada), integrado por el Sr. J. Azizi, Presidente, y los Sres. M. Jaeger y F. Dehousse, la Sra. E. Cremona y el Sr. O Czúcz, Jueces; Secretario: Sr. J. Palacio González, administrador principal, ha dictado el 14 de abril de 2005 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:

1)    Declarar la inadmisibilidad del recurso.

2)    Condenar en costas a la demandante.

3)    El Reino de España cargará con sus propias costas.

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1 - DO C 171, de 19.7.2003.