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Auto del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 11 de diciembre de 2023 (petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Rejonowy dla Wrocławia-Fabrycznej we Wrocławiu — Polonia) — Powszechny Zakład Ubezpieczeń SA / Volvia sp. z o.o.

(Asunto C-303/23, 1 Powszechny Zakład Ubezpieczeń)

[Procedimiento prejudicial — Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Directiva 2011/7/UE — Lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales — Artículo 2, punto 1 — Concepto de «operaciones comerciales» — Artículo 3, apartado 1, letra a) — Exigibilidad de intereses de demora — Contrato de seguro celebrado entre empresas]

Lengua de procedimiento: polaco

Órgano jurisdiccional remitente

Sąd Rejonowy dla Wrocławia-Fabrycznej we Wrocławiu

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Powszechny Zakład Ubezpieczeń S.A.

Demandada: Volvia sp. z o.o.

Fallo

El artículo 2, punto 1, de la Directiva 2011/7/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 2011, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, debe interpretarse en el sentido de que el concepto de «operaciones comerciales» comprende un contrato de seguro mediante el cual el asegurador se compromete con una empresa a realizar una prestación determinada en caso de que se produzca un siniestro previsto en el contrato y dicha empresa se compromete con el asegurador a pagar la prima de seguro.

El artículo 3, apartado 1, letra a), de la Directiva 2011/7 debe interpretarse en el sentido de que, en el marco de un contrato de seguro, el asegurador cumple sus obligaciones contractuales y legales, en el sentido de esa disposición, por el mero hecho de proporcionar una cobertura de seguro a la otra parte, con independencia de que le abone una indemnización en caso de producirse el siniestro cubierto por dicho contrato.

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1 Fecha de presentación: 15.5.2023.