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Sentencia del Tribunal General de 25 de octubre de 2011 - CHEMK y KF/Consejo

(Asunto T-190/08) 

("Dumping - Importaciones de ferrosilicio originario de la Antigua República Yugoslava de Macedonia, China, Egipto, Kazajstán y Rusia - Determinación del precio de exportación - Margen de beneficio - Compromiso de precios - Perjuicio - Relación de causalidad - Denuncia - Derecho de defensa - Obligación de motivación")

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: Chelyabinsk electrometallurgical integrated plant OAO (CHEMK) (Chelyabinsk, Rusia) y Kuzneckie ferrosplavy OAO (KF) (Novokuznetsk, Rusia) (representante: P. Vander Schueren, abogado)

Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: inicialmente, J.-P. Hix; posteriormente, J.-P. Hix y B. Driessen, agentes, asistidos inicialmente por G. Berrisch y G. Wolf, posteriormente por G. Berrisch, abogados)

Parte coadyuvante en apoyo de la parte demandada: Comisión Europea (representantes: inicialmente, H. van Vliet y K. Talabér-Ritz; posteriormente, H. van Vliet y M. França, agentes)

Objeto

Petición de anulación parcial del Reglamento (CE) nº 172/2008 del Consejo, de 25 de febrero de 2008, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ferrosilicio originario de la República Popular China, Egipto, Kazajstán, la Antigua República Yugoslava de Macedonia y Rusia (DO L 55, p. 6), en la medida en que afecta a las demandantes.

Fallo

Desestimar el recurso.

Chelyabinsk electrometallurgical integrated plant OAO (CHEMK) y Kuzneckie ferrosplavy OAO (KF) cargarán con sus propias costas, así como con las del Consejo de la Unión Europea.

La Comisión Europea cargará con sus propias costas.

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1 - DO C 197, de 2.8.2008.