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Sentencia del Tribunal General de 17 de diciembre de 2015 — Italia/Comisión

(Asunto T-275/13) 1

[«Régimen lingüístico — Convocatoria de oposición general para la contratación de administradores — Elección de la segunda lengua entre tres lenguas — Lengua de comunicación con los candidatos a la oposición — Reglamento nº 1 — Artículo 1er quinquies, apartado 1, artículo 27, párrafo primero, y artículo 28, letra f), del Estatuto — Principio de no discriminación — Proporcionalidad»]

Lengua de procedimiento: italiano

Partes

Demandante: República Italiana (representantes: G. Palmieri, agente, asistido por P. Gentili y S. Fiorentino, avvocati dello Stato)

Demandada: Comisión Europea (representantes: J. Currall, B. Eggers y G. Gattinara, agentes)

Parte coadyuvante en apoyo de la demandante: Reino de España (representante: J. García-Valdecasas Dorrego, Abogado del Estado)

Parte coadyuvante en apoyo de la demandada: República Federal de Alemania (representantes: T. Henze y B. Beutler, agentes)

Objeto

Recurso de anulación de la convocatoria de oposición general EPSO/AD/249/13, con vistas a la constitución de una lista de reserva para la contratación de administradores, para cubrir plazas vacantes en los ámbitos de la macroeconomía y de la economía financiera (DO 2013, C 75 A, p. 1).

Fallo

Anular la convocatoria de oposición general EPSO/AD/249/13, con vistas a la constitución de una lista de reserva para la contratación de administradores, para cubrir plazas vacantes en los ámbitos de la macroeconomía y de la economía financiera.

La Comisión Europea cargará con sus propias costas y con las costas de la República Italiana.

El Reino de España y la República Federal de Alemania cargarán con las costas relativas a sus intervenciones.

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1 DO C 207 de 20.7.2013.