Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Cuarta) de 18 de abril de 2007 — House of Donuts/OAMI — Panrico (House of donuts)
(Asuntos acumulados T‑333/04 y T‑334/04)
«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitudes de marcas comunitarias figurativas House of donuts — Marcas nacionales denominativas anteriores DONUT y figurativas anteriores donuts — Motivo de denegación relativo — Riesgos de confusión»
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares [Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 57 a 59)
Objeto
| Dos recursos interpuestos contra las resoluciones de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 12 de mayo de 2004 (asuntos R 1034/2001‑4 y R 1036/2001‑4) relativas a procedimientos de oposición entre Panrico, S.A., y House of Donuts International. |
Datos relativos al asunto
Solicitante de la marca comunitaria: | House of Donuts International |
Marca comunitaria solicitada: | Marca figurativa «House of donuts» para productos y servicios de las clases 30, 32 y 42 – Solicitud nº 474.486 |
Titular de la marca o del signo invocados en oposición: | Panrico, S.A. |
Marca o signo invocados en oposición: | Las marcas denominativas y figurativas españolas DONUT y donuts para productos y servicios de las clases 30, 32 y 42 |
Resolución de la División de Oposición: | Denegación del registro |
Resolución de la Sala de Recurso: | Desestimación del recurso |
Fallo
2) | | Condenar a la demandante a cargar con las costas causadas por la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) y por la parte interviniente. |