Auto del Tribunal General (Sala Octava) de 11 de noviembre de 2014 —
Bos y otros/Parlamento y Consejo
(Asunto T‑23/14)
«Recurso de anulación — Reforma del Estatuto de los Funcionarios de la Unión Europea y del régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea — Reducción sustancial del número de días de vacaciones anuales para los funcionarios y agentes destinados en países terceros — Falta de afectación individual — Inadmisibilidad manifiesta»
1. Procedimiento judicial — Escrito de interposición del recurso — Requisitos de forma — Determinación del objeto del litigio — Exposición sumaria de los motivos invocados — Mención abstracta — Inadmisibilidad [Estatuto del Tribunal de Justicia, arts. 21, párr. 1, y 53, párr. 1; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 44, ap. 1, letra c)] (véase el apartado 18)
2. Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Actos que les afectan directa e individualmente — Acto normativo — Reglamento por el que se modifica el Estatuto de los Funcionarios en materia de vacaciones anuales de los funcionarios destinados en un país tercero — Recurso de un funcionario basado en su condición de funcionario de la Unión — Inexistencia de afectación individual — Inadmisibilidad — Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva — Inexistencia [Art. 6 TUE, ap. 1, párr. 3; arts. 256 TFUE, 263 TFUE, párr. 4, 267 TFUE, 270 TFUE y 277 TFUE; Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, arts. 47 y 52, ap. 7; Estatuto del Tribunal de Justicia, anexo I, art. 1; Estatuto de los Funcionarios, art. 91; Reglamento (UE, Euratom) nº 1023/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo] (véanse los apartados 25, 32, 34, 36, 39 y 40)
3. Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Actos que les afectan directa e individualmente — Acto normativo — Reglamento por el que se modifica el Estatuto de los Funcionarios en materia de vacaciones anuales de los funcionarios destinados en un país tercero — Recurso de un funcionario basado en su condición objetiva de funcionario en un país tercero — Circunstancia insuficiente para individualizarlo en relación con el conjunto de funcionarios que desempeñan sus funciones en un país tercero — Inadmisibilidad [Art. 263 TFUE, párr. 4; Estatuto de los Funcionarios, anexo X, art. 6; Reglamento (UE, Euratom) nº 1023/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo] (véanse los apartados 42 y 43)
4. Recurso de anulación — Personas físicas y jurídicas — Actos que les afectan directa e individualmente — Requisitos que tienen carácter acumulativo — Inadmisibilidad de un recurso cuando no se cumpla uno solo de estos requisitos (Art. 263 TFUE, párr. 4) (véase el apartado 45)
Objeto
| Recurso de anulación interpuesto sobre la base del artículo 263 TFUE contra el artículo 1, punto 70, del Reglamento (UE, Euratom) nº 1023/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2013, por el que se modifica el Estatuto de los Funcionarios de la Unión Europea y el Régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea (DO L 287, p. 15) en la medida en que éste modifica el anexo X del Reglamento (CEE) nº 31, nº 11 (CEEA), por el que se establece el Estatuto de los Funcionarios y el Régimen aplicable a los otros agentes de la Comunidad Económica Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica (DO 1962, 45, p. 1385; EE 01/01, p. 19). |
Fallo
2) | | El Sr. Mark Bos, la Sra. Estelle Kadouch y los Sres. Siegfried Krahl y Eric Lunel cargarán, además de con sus propias costas, con las del Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea. |
3) | | No procede pronunciarse sobre la demanda de intervención de la Comisión Europea. |