Sentencia del Tribunal General (Sala Novena)
de 29 de octubre de 2015 — NetMed/OAMI — Sander chemisch‑pharmazeutische Fabrik (SANDTER 1953)
(Asunto T‑21/14)
«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria denominativa SANDTER 1953 — Marca nacional denominativa anterior Sander — Motivo de denegación relativo — Denegación parcial del registro — Prueba del uso efectivo de la marca anterior — Artículo 42, apartados 2 y 3, del Reglamento (CE) nº 207/2009 — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento nº 207/2009»
1. Marca comunitaria — Observaciones de terceros y oposición — Examen de la oposición — Prueba del uso de la marca anterior — Uso efectivo — Concepto — Criterios de apreciación — Exigencia de elementos de prueba concretos y objetivos [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 42, aps. 2 y 3] (véanse los apartados 19 a 23, 31, 36, 37 y 42)
2. Marca comunitaria — Normas de procedimiento — Motivación de las resoluciones — Artículo 75, primera frase, del Reglamento (CE) nº 207/2009 — Alcance idéntico al del artículo 296 TFUE [Art. 296 TFUE; Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 75, primera frase] (véase el apartado 52)
3. Marca comunitaria — Observaciones de terceros y oposición — Examen de la oposición — Prueba del uso de la marca anterior — Uso parcial — Relevancia — Concepto de «parte de los productos o de los servicios» para los cuales está registrada la marca [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 42, aps. 2 y 3] (véanse los apartados 55 y 56)
4. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Criterios de apreciación [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 64, 65 y 97)
5. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Denegación del registro cuando exista un motivo de denegación relativo aunque sólo afecte a una parte de la Unión [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véase el apartado 66)
6. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Apreciación del riesgo de confusión — Determinación del público pertinente — Nivel de atención del público [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véase el apartado 68)
7. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Marcas denominativas SANDTER 1953 y Sander [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 69, 73, 96 y 100)
8. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Similitud entre los productos o servicios de que se trata — Criterios de apreciación — Carácter complementario de los productos [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 74 y 81)
9. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Similitud entre las marcas de que se trata — Criterios de apreciación — Marca compuesta [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 86 y 87)
10. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Coexistencia de marcas anteriores en el mercado — Relevancia [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véase el apartado 102)
Objeto
| Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la OAMI de 24 de octubre de 2013 (asunto R 1846/2012-1) relativa a un procedimiento de oposición entre NetMed Sàrl y Sander chemisch pharmazeutische Fabrik GmbH. |
Fallo
2) | | Condenar en costas a NetMed Sàrl. |